Una mujer asturiana consiguió que la Justicia le reconociera una pensión vitalicia por incapacidad permanente total después de demostrar que su estado de salud impide su regreso a la conducción profesional.
El Tribunal Superior de Justicia de Asturias revocó las decisiones del INSS y de un juzgado de primera instancia y fijó la prestación en el 75% de una base reguladora de 2500,42 euros.
La resolución judicial, fechada el 23 de septiembre de 2025, marcó un giro en un proceso que había comenzado con una baja médica prolongada y una negativa administrativa.
El tribunal consideró acreditada la persistencia de una enfermedad que afecta de manera directa a la aptitud psicofísica requerida para manejar un autobús en condiciones de seguridad.
¿Por qué el tribunal reconoce la incapacidad permanente total?
El fallo subraya que la profesión de conductora demanda un estado psicofísico óptimo para garantizar la seguridad propia y la de terceros.
Los informes médicos incorporados al expediente detallaron un trastorno ansioso-depresivo sumado al consumo perjudicial de sustancias, cuadro que venía acompañado de la recomendación explícita de no conducir vehículos.
La trabajadora recibía un tratamiento con antidepresivos y ansiolíticos a dosis elevadas, un elemento que reforzó la conclusión de los magistrados sobre la imposibilidad de recuperar la aptitud para su función habitual.
El TSJ revisó las decisiones previas y entendió que existía una falta de mejoría pese a la terapia recibida. La sentencia remarcó la persistencia del trastorno y la ausencia de indicios sólidos que permitieran prever una recuperación suficiente.
Frente al criterio del INSS y del Juzgado de lo Social, que habían valorado el cuadro como no cronificado, la Sala señaló que la evolución clínica no permitía mantener aquella interpretación inicial.
En consecuencia, el tribunal determinó que la trabajadora no está habilitada para desempeñar las tareas esenciales de su puesto. El reconocimiento de la incapacidad permanente total no implica una inhabilitación absoluta para cualquier actividad laboral, aunque sí confirma la imposibilidad de volver al volante en un contexto profesional que exige estándares estrictos de seguridad.
¿Cómo se desarrolló el proceso y qué supone para la pensión reconocida?
El itinerario administrativo y judicial comenzó en febrero de 2022 con la baja laboral por enfermedad común. Tras transcurrir 545 días de incapacidad temporal, se abrió el expediente para valorar una posible incapacidad permanente.
El INSS rechazó la solicitud al considerar que las dolencias no alcanzaban un grado suficiente de limitación funcional. En primera instancia, el Juzgado de lo Social N.º 1 de Oviedo respaldó esa postura y desestimó la demanda presentada.
La trabajadora acudió entonces al recurso de suplicación ante el TSJ de Asturias, que finalmente revirtió el criterio previo. La sentencia no solo reconoció el derecho a la pensión vitalicia, sino que fijó su cuantía en el 75% de una base reguladora de 2500,42 euros mensuales.
Este posicionamiento abrió además la posibilidad de que la administración recurra en casación para unificar doctrina ante el Tribunal Supremo.
El reconocimiento de la incapacidad permanente total otorga estabilidad económica a la beneficiaria y le permite compatibilizar la prestación con otras tareas laborales que no exijan conducir vehículos ni impliquen riesgos similares.
De esta manera, la Justicia marcó una línea clara entre la limitación para el puesto habitual y la capacidad para desarrollar otras actividades, siempre que sean compatibles con el cuadro clínico acreditado.