El Tribunal Supremo ha fijado un criterio claro sobre los préstamos y ayudas económicas entre familiares. La sentencia respalda que Hacienda pueda considerar estos movimientos como ganancias patrimoniales.
La decisión afecta directamente a quienes prestan dinero dentro del entorno familiar. Especialmente, cuando no existe documentación suficiente que justifique el origen y el motivo de los fondos.
El fallo establece qué requisitos deben cumplirse para evitar que Hacienda califique estas operaciones como ingresos no justificados.
El Supremo avala que Hacienda trate ayudas familiares como ganancias patrimoniales
El Tribunal Supremo respalda que Hacienda considere como ganancias patrimoniales pagos a un familiar en concepto de donación y préstamo. Esta calificación se aplica cuando no queda acreditado el origen del dinero.
Según la sentencia fechada el 27 de noviembre, también debe constar el medio utilizado, como la transferencia bancaria. Además, es necesario identificar quién realiza el pago.
El fallo subraya que debe existir un documento firmado por ambas partes. Este requisito resulta clave para evitar la calificación fiscal negativa.
El caso analizado: transferencias, donaciones y préstamos familiares
El caso analizado corresponde a los nietos y el hijo de una anciana que realizaron transferencias en 2012. Las operaciones fueron objeto de revisión por parte de Hacienda.
Los nietos realizaron una donación vía transferencia bancaria por 50.000 euros cada uno. La donación constaba en un documento privado firmado por ambas partes.
El hijo efectuó transferencias e ingresos por un total de 89.900 euros en concepto de préstamo familiar. Posteriormente, procedió a la condonación de ese importe.
Por qué Hacienda consideró estas ayudas como ganancias no justificadas
Hacienda calificó los importes como ganancias patrimoniales no justificadas. El motivo fue la falta de claridad sobre el origen de los fondos.
La familia alegó que se identificó el medio de transmisión, la transferencia bancaria, y las personas que realizaron los pagos. También se aportó documentación privada.
Para el Supremo, la clave reside en acreditar un “título jurídico” que justifique correctamente el origen del dinero y evite una posible simulación.
Qué exige el Supremo para evitar problemas con Hacienda
La sentencia señala que el contribuyente debe probar el origen o fuente de los elementos patrimoniales. Esto incluye identificar de dónde proceden los fondos.
También debe acreditarse quién transmite el dinero y por qué se realiza la operación. Es necesario justificar el negocio jurídico que altera el patrimonio.
De este modo, el Supremo respalda que Hacienda pueda calificar donaciones como ganancias injustificadas. No obstante, en el caso analizado, los contribuyentes cumplieron los requisitos exigidos.