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Los pensionistas españoles que viven fuera del país tienen una obligación que vence este mes. La Seguridad Social exige que acrediten su vivencia antes del 30 de septiembre de 2026 para continuar cobrando con normalidad las prestaciones del sistema español. El trámite no alcanza a los jubilados que residen en España.

La medida busca comprobar que el titular de la pensión continúa con vida y mantiene las condiciones necesarias para recibir la prestación. La Seguridad Social habilitó la aplicación móvil VIVESS para realizar la gestión desde cualquier lugar y obtener un justificante, sin necesidad de desplazarse.

¿Quiénes tienen que presentar el trámite obligatorio?

La acreditación corresponde a los pensionistas del sistema español de la Seguridad Social que residen en el extranjero. La campaña alcanza tanto a quienes cobran prestaciones del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) como a los beneficiarios del Instituto Social de la Marina (ISM).

Por lo tanto, un jubilado que vive habitualmente en España no tiene que realizar esta gestión. La obligación está vinculada a la residencia fuera del territorio español y al cobro de una pensión del sistema español.

En 2026, la Seguridad Social estableció una segunda ventana para acreditar la vivencia entre el 1 y el 30 de septiembre. El organismo mantiene el aviso en su portal oficial y recuerda que el trámite debe completarse antes de que termine el mes.

¿Qué pasa si el pensionista no acredita su vivencia antes del 30 de septiembre?

La falta de acreditación puede provocar la suspensión temporal del pago de la pensión hasta que el beneficiario regularice su situación. No se trata, por tanto, de una retirada definitiva automática de la prestación, como podría sugerir el titular original.

El objetivo del control consiste en evitar que continúen los pagos cuando el titular de una pensión haya fallecido o haya dejado de cumplir las condiciones necesarias para cobrarla. La propia Seguridad Social utiliza mecanismos de control de vivencia para verificar la continuidad del derecho.

Para evitar desplazamientos, el organismo dispone de VIVESS, una aplicación que permite realizar la acreditación desde el teléfono móvil. El sistema solicita los datos personales y el documento de identidad y utiliza la cámara del dispositivo para completar la comprobación. Una vez finalizado el procedimiento, genera un justificante de la acreditación.

Los pensionistas que no utilicen la aplicación también cuentan con alternativas presenciales en el exterior, como las oficinas consulares y determinados organismos de la Administración española en el país de residencia. La recomendación oficial es completar el trámite dentro del plazo para evitar una eventual suspensión del cobro.