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La campaña de la Renta 2025-2026 abre la puerta a una de las deducciones más relevantes de los últimos ejercicios fiscales. Los contribuyentes que hayan realizado obras de rehabilitación energética en edificios residenciales pueden llegar a deducir hasta 9000 euros en el IRPF, siempre que cumplan los requisitos técnicos y formales previstos en la Ley 35/2006.
La clave no está en un beneficio automático, sino en la correcta planificación de la obra, la acreditación energética y la aplicación ordenada de los límites anuales.
El importe máximo se alcanza dentro de la modalidad del 60% prevista en la Disposición adicional quincuagésima de la norma publicada en el Boletín Oficial del Estado.
La cifra de 9000 euros surge de aplicar el 60% sobre una base acumulada máxima de 15.000 euros en varios ejercicios. La base anual tiene un tope de 5000 euros, lo que permite deducir hasta 3000 euros por año y arrastrar el exceso durante los cuatro ejercicios siguientes hasta alcanzar el límite global.
¿Qué obras permiten llegar a la deducción máxima de 9000 euros?
Para aspirar al 60%, la actuación debe afectar a un edificio de uso predominante residencial. Se exige acreditar una reducción de al menos el 30% en el consumo de energía primaria no renovable del conjunto del edificio o lograr que el inmueble alcance una calificación energética A o B.
La mejora debe acreditarse mediante certificado energético previo y posterior, expedidos por técnico competente y registrados conforme al Real Decreto 390/2021. El certificado previo puede tener una antigüedad máxima de dos años respecto al inicio de las obras.
La base de deducción incluye honorarios profesionales, proyectos técnicos, dirección de obra, ejecución material, equipos y materiales, así como los costes de emisión de certificados. Quedan excluidos los importes subvencionados y la instalación de equipos que utilicen combustibles fósiles.
¿Cómo se calcula paso a paso hasta alcanzar los 9000 euros?
El primer paso consiste en determinar la base anual deducible. El límite es de 5000 euros por ejercicio. Sobre esa base se aplica el 60%, lo que arroja una deducción máxima anual de 3000 euros.
Si el importe satisfecho supera ese límite, el exceso puede trasladarse a los cuatro ejercicios siguientes, con una base acumulada máxima de 15.000 euros.
Al completar esa base total, el contribuyente alcanza la deducción global máxima de 9000 euros.
Por ejemplo, si un propietario asume 15.000 euros en su parte proporcional de una rehabilitación energética del edificio y cumple todos los requisitos técnicos y formales, podrá aplicar 5.000 euros de base en cada uno de tres ejercicios fiscales. En cada ejercicio deducirá 3.000 euros, hasta completar los 9.000 euros totales.
La deducción se incorpora en Renta Web dentro de “Deducciones generales de la cuota”, en el apartado de eficiencia energética, gestionado por la Agencia Estatal de Administración Tributaria. La campaña correspondiente al ejercicio 2025 se desarrollará entre abril y junio de 2026.
Un aspecto decisivo es el medio de pago. La norma excluye el efectivo. Solo se admiten transferencias, tarjetas, cheques nominativos o ingresos en cuenta.
Además, el contribuyente debe conservar certificados, facturas, justificantes bancarios y, en su caso, la certificación de la comunidad con el coeficiente de participación.
La posibilidad de deducir hasta 9000 euros existe y está plenamente vigente para la Renta 2025-2026. El resultado depende de cumplir con precisión cada requisito técnico, formal y temporal previsto por la ley, así como de distribuir correctamente la base en los ejercicios fiscales permitidos.