

Al iniciar un nuevo alquiler, es común que el arrendatario evalúe el desembolso necesario antes de recibir las llaves del inmueble, lo que generalmente conlleva el pago de una o más mensualidades. Uno de los aspectos que frecuentemente suscita interrogantes entre los inquilinos españoles es el pago anticipado del alquiler.
Aunque esta práctica no es la norma, en ocasiones, los propietarios requieren el abono de varias mensualidades por adelantado como medida para asegurar el cumplimiento del contrato.

Alquiler anticipado: ¿cuántos meses te pueden solicitar?
En primer lugar, es esencial abordar el tema de la fianza. En el contexto español, esta figura se encuentra regulada por la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU), que establece que, como norma general, no se puede exigir más de un mes de renta como fianza al inicio del contrato.
En este sentido, los especialistas de Alquilino, una plataforma dedicada al ámbito del alquiler de viviendas, afirman que "la fianza debe ser depositada por el propietario en el organismo competente de cada comunidad autónoma, constituyendo este un requisito legal ineludible y no una opción a considerar."
Adicionalmente a la fianza, el propietario tiene la facultad de solicitar garantías complementarias, tales como avales bancarios o seguros de impago. La normativa vigente permite a las partes acordar libremente el importe de estas garantías, aunque lo habitual es que representen una o dos mensualidades adicionales.
En lo que respecta a la cantidad de meses que se pueden solicitar por adelantado como pago de la renta, la legislación no es del todo explícita. En efecto, únicamente se menciona que el pago debe ser mensual, salvo pacto en contrario, lo que podría facultar a un arrendador a requerir un mayor número de meses por adelantado, señalan los expertos.
Circunstancias especiales para la fianza
En determinadas circunstancias, especialmente en alquileres dirigidos a extranjeros o a personas con una solvencia poco clara, el propietario puede optar por protegerse ante un posible impago solicitando el abono de varias mensualidades en un único pago.
Es importante señalar que, aunque la LAU establece ciertos límites, tanto el inquilino como el propietario cuentan con un margen para negociar condiciones específicas, siempre y cuando se respeten los derechos fundamentales del arrendatario.
Por lo tanto, es crucial revisar detenidamente el contrato antes de su firma, asegurándose de comprender las condiciones relacionadas con los pagos anticipados.













