En España, al momento del fallecimiento de una persona, sus cuentas bancarias no se cierran automáticamente ni quedan exentas de obligaciones. Por el contrario, estas cuentas forman parte de la herencia, junto con bienes, derechos y posibles deudas con Hacienda.
Una gestión inadecuada o tardía puede resultar en sanciones, comisiones acumuladas o incluso en la asunción involuntaria de cargas económicas.
El marco legal establece una serie de pasos precisos que los familiares o herederos deben seguir para proteger su patrimonio y cumplir con las obligaciones fiscales. Conocer estos procedimientos es fundamental para evitar errores que, en numerosas ocasiones, surgen por falta de conocimiento.
¿Qué hacer cuando fallece el titular de una cuenta bancaria?
Una vez identificadas las cuentas, es imprescindible notificar el fallecimiento al banco. Para ello, la entidad suele exigir el certificado de defunción y el testamento o, en su defecto, una declaración de herederos. Hasta que se complete este proceso, la cuenta queda bloqueada y no se pueden realizar disposiciones de fondos.
El primer paso tras el fallecimiento es comprobar la existencia de cuentas bancarias activas a nombre del fallecido. Para ello, los herederos pueden acudir a la Administración Tributaria, ya que las entidades financieras están obligadas a comunicar la información sobre las cuentas de sus clientes fallecidos.
Este trámite permite conocer si existen saldos disponibles, productos financieros asociados o deudas pendientes. Tener esta información desde el inicio evita movimientos indebidos y facilita una correcta planificación de la herencia.
Importancia de cerrar las cuentas bancarias de una persona fallecida
El cierre de las cuentas tras la acreditación de la condición de heredero permite evitar costes innecesarios y organizar adecuadamente la distribución de bienes de acuerdo con la normativa vigente.
El mantenimiento de cuentas pertenecientes a una persona fallecida puede acarrear comisiones de mantenimiento, intereses o cargos automáticos que, con el tiempo, incrementan el saldo negativo. Estas sumas pueden integrarse en la herencia y repercutir directamente en los herederos.
Asimismo, si no se toman medidas, la cuenta puede quedar en estado de abandono. La normativa estipula que, si transcurren 20 años sin que nadie reclame los fondos, el dinero se destina al Estado español. La Agencia Tributaria cuenta con procedimientos específicos para la gestión de estos casos.
Estrategias para evitar heredar deudas fiscales tras un fallecimiento
La ley ofrece tres opciones. La primera es la aceptación pura y simple, que implica asumir tanto los bienes como las deudas del fallecido. Esta opción conlleva un riesgo elevado si no se conoce con exactitud la situación patrimonial.
La segunda alternativa es la aceptación a beneficio de inventario. En este caso, las deudas se pagan únicamente con los bienes heredados, sin comprometer el patrimonio personal del heredero. Es la vía más utilizada cuando existen dudas sobre posibles obligaciones con Hacienda o con terceros.
Uno de los aspectos más delicados de una herencia es la posible existencia de deudas fiscales. En España, las deudas no desaparecen con la muerte del titular y pueden transmitirse a los herederos si estos aceptan la herencia sin precauciones.
La tercera opción es renunciar a la herencia. Si las deudas superan claramente el valor de los bienes, esta decisión permite evitar cualquier responsabilidad económica derivada del fallecimiento.
Elegir correctamente entre estas opciones es fundamental para no heredar deudas con Hacienda y evitar consecuencias económicas a largo plazo. Por este motivo, los expertos recomiendan actuar con prudencia, recopilar toda la información financiera disponible y formalizar cada paso conforme a la normativa.