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La Agencia Tributaria ha intensificado en los últimos meses la vigilancia sobre la tenencia de dinero en efectivo y divisas extranjeras, en un contexto de mayor control fiscal y lucha contra el fraude.

Aunque tener dólares en casa no está prohibido en España, sí puede derivar en sanciones económicas muy elevadas si no se cumplen determinadas obligaciones legales vinculadas al origen y la declaración de los fondos.

La Agencia Tributaria puede exigir que se justifique el origen del dinero en efectivo cuando detecta importes elevados.

El foco de Hacienda no está en la posesión del efectivo en sí, sino en la falta de justificación del origen del dinero y en el incumplimiento de las obligaciones informativas que marca la normativa vigente.

Cuando no se puede acreditar de dónde proceden esos fondos, la ley permite imponer multas que pueden alcanzar hasta el 150% del valor no declarado.

Multas por tener dólares en casa sin cumplir con esta condición obligatoria

La normativa fiscal española establece que cualquier persona puede conservar dinero en efectivo en su domicilio, incluidos dólares u otras divisas, siempre que pueda acreditar su procedencia legal. El problema aparece cuando Hacienda detecta importes relevantes que no encajan con los ingresos declarados o carecen de respaldo documental.

En esos casos, la Agencia Tributaria puede considerar el dinero como una ganancia patrimonial no justificada. Esta calificación implica no solo la regularización fiscal correspondiente, sino también la aplicación de sanciones económicas muy severas.

Según la legislación vigente, la multa puede llegar hasta el 150% del importe cuya procedencia no se haya podido demostrar. Este criterio se aplica con independencia de que el dinero esté en una cuenta bancaria o guardado en efectivo en el domicilio.

Para Hacienda, lo determinante es si el contribuyente puede explicar y probar de forma coherente cómo obtuvo esos fondos y si ya tributaron cuando correspondía.

Qué obligaciones fiscales deben cumplir quienes tienen dólares

Más allá del efectivo guardado en casa, la normativa española impone obligaciones específicas a quienes poseen bienes o derechos en el extranjero. Los residentes fiscales en España que tengan cuentas bancarias, valores, seguros o inmuebles fuera del país por un valor superior a 50.000 euros deben presentar el conocido Modelo 720.

Este formulario informativo debe entregarse antes del 31 de marzo y permite a la Agencia Tributaria conocer la existencia de activos fuera del territorio nacional. El incumplimiento de esta obligación puede acarrear multas de entre 10.000 y 20.000 euros, dependiendo de la gravedad del caso y del número de datos omitidos.

Además, los errores o datos incompletos en la declaración también pueden ser sancionados. En estos supuestos, las multas pueden oscilar desde 150 euros por dato incorrecto hasta un porcentaje del valor de los activos no declarados, lo que incrementa de forma notable el riesgo económico para el contribuyente.

Por qué Hacienda está reforzando los controles sobre el dinero en efectivo

El endurecimiento de la vigilancia sobre el dinero en efectivo y las divisas responde al objetivo de combatir el fraude fiscal y el blanqueo de capitales. La Agencia Tributaria ha reforzado la colaboración con entidades financieras y organismos internacionales para detectar movimientos sospechosos y discrepancias entre el patrimonio real y el declarado.

Cuando se detectan cantidades elevadas de dinero que no guardan relación con los ingresos oficiales, se activan los mecanismos de comprobación. En ese contexto, el contribuyente debe aportar documentación que pruebe el origen lícito de los fondos, como contratos, justificantes de ahorro, herencias o ventas patrimoniales.

Tener dólares en casa no está prohibido, pero puede derivar en sanciones si no se acredita su procedencia legal.

La falta de pruebas suficientes no solo conlleva sanciones económicas. También puede derivar en inspecciones más profundas y en procedimientos administrativos prolongados que aumentan el coste y la complejidad del proceso para el afectado.

Por este motivo, los expertos fiscales recomiendan conservar siempre la documentación que respalde la procedencia del dinero, incluso cuando se trate de efectivo guardado en casa.

En un escenario de controles más estrictos, la prevención documental se ha convertido en la principal herramienta para evitar multas que pueden resultar desproporcionadas respecto al importe original.