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Entre las personas desempleadas en España, las mayores de 50 años son quienes más dificultades tienen a la hora de encontrar trabajo.

A causa de esto y a que en muchas ocasiones cuentan con cargas familiares, tanto el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), como la Seguridad Social y Comunidades Autónomas, ofrecen con diferentes ayudas o subsidios.

Pero para acceder a estas ayudas es necesario cumplir con algunos requisitos exigidos por la administración. Por otra parte, se debe tener en cuenta que puede que los subsidios sean incompatibles entre sí.

Por eso hay que considerar cuáles son y los requisitos que exige cada una antes de solicitarla.

Las tres ayudas para desempleados mayores de 50 años

Renta Mínima de Inserción

Las Rentas Mínimas de Inserción deben solicitarse a los Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma en la que se viva, ya que dependen de los gobiernos autonómicos.

En cuanto a los requisitos, los establece cada gobierno local, así como las cuantías que se cobra en función de la unidad familiar.

Subsidio para mayores de 52

Se trata de una de las prestaciones más beneficiosas del SEPE. La cuantía equivale al 80% del IPREM (actualmente ubicado en 480 euros al mes), se cobra de manera indefinida hasta encontrar trabajo o alcanzar la edad ordinaria de jubilación legal, según los años cotizados.

Para acceder a esta ayuda es necesario tener como mínimo 52 años, haber cotizado 15 años a la Seguridad Social, de los cuales al menos seis deben ser por desempleo.

Además, se debe estar en situación de desempleo y carecer de ingresos por encima del 75% del salario mínimo interprofesional, que son 850,5 euros al mes.

Ingreso Mínimo Vital

El Ingreso Mínimo Vital (IMV) es la prestación de la Seguridad Social destinada a personas o unidades de convivencia que estén en situación de vulnerabilidad económica.

Esto se acredita con los ingresos y rentas, que deben ubicarse 10 euros por debajo de la cuantía que garantiza el ingreso mínimo vital para cada modalidad, en función del número de miembros de la unidad de convivencia.

Así, pueden percibirse desde 604,21 euros mensuales en el caso de un adulto, hasta 1329,27 euros por mes para dos adultos y más de tres menores.

Esta ayuda es de carácter indefinido, es decir, que se cobra mientras se sigan manteniendo los requisitos. Las cuantías dependen de la composición de la unidad de convivencia.