Las donaciones de inmuebles en vida han crecido en España durante los últimos años hasta superar las 54.000 en 2024, lo que ha marcado un aumento del 68% desde 2017. Esta alternativa se ha popularizado por la dificultad del acceso a la vivienda que afrontan miles de jóvenes, aunque la carga fiscal adicional puede suponer un miedo a la hora de otorgar o recibir la herencia.
Donar una vivienda a un hijo no es una operación sencilla desde el punto de vista fiscal y es fundamental conocer bien las ventajas y desventajas tributarias que puede implicar esta transacción.
Una de las transacciones más relevantes es aquella que tiene como protagonistas a los mayores de 65 años. Cuando se dona la vivienda habitual a partir de esa edad, el donante puede quedar exento de pagar IRPF, ya que Hacienda no considera que exista ganancia patrimonial.
De esto ha hablado David Jiménez, abogado y experto en herencias, en su paso por el podcast de la notaria María Cristina Clemente. Según el experto, existen varios factores a tener en cuenta, incluso más de los que la mayoría imagina: “Existen varias variables, existe la variable fiscal y la variable civil, que son las consecuencias que tiene que tú le entregues tu propiedad a otra persona”.
Cómo donar una vivienda habitual sin pagar impuestos extra
Desde el punto de vista fiscal, uno de los errores más comunes es asumir que no se pagará nada por la donación. “Como en muchas comunidades autónomas está bonificado, le hace creer a la gente que el impuesto de donaciones de padres a hijos quizás está bonificado a un 99% o lo que se piensan que no tienen que pagar nada”, advierte.
Sin embargo, según Jiménez, la realidad es más compleja: “Hay que tener en cuenta que existen tres niveles de administración: administración local, municipal, autonómica y estatal. En este caso hay que ver los impuestos que se ven afectados en la donación o en la herencia”.
Para explicar mejor lo que se deberá tributar, Jiménez destaca tres de los impuestos implicados: “El Impuesto de Sucesiones y Donaciones, que en la donación lo paga quien recibe, y en la herencia quien hereda; la plusvalía municipal, que se aplica cuando se donan inmuebles urbanos, y el IRPF, que afecta al donante”.
La manera de evitar los tributos del IRPF en la donación de una vivienda
Según Jiménez, el IRPF es un tributo que suele pasar desapercibido en este tipo de transacciones: “Todos se lo comen con patatas y que quiere decir que si tu donas una casa a tu hijo en la declaración de la renta debes pagar por ello porque aunque tú seas muy generoso con tu hijo para Hacienda es como si hubieras vendido el inmueble y como si hubiese una ganancia patrimonial”.
Jiménez pone un ejemplo práctico: “Si yo compro una casa por 100 y se la regalo a mi hijo por 200 he ganado 100 y tengo que tributar por el IRPF”. Sin embargo, aclara que hay casos en los que esta tributación puede evitarse, como cuando se produce una pérdida patrimonial y la vivienda se dona por menos de los que costó o si se trata de una vivienda habitual de una persona mayor de 65 años, en cuyo caso está exenta.