A principios de cada año, el Gobierno fija los importes mínimos que recibirán quienes perciban pensiones de jubilación, viudedad o incapacidad permanente. Estas cuantías mínimas están garantizadas y varían en función del tipo de pensión y de las circunstancias personales del beneficiario.
No obstante, cuando una persona no alcanza una pensión igual o superior a la mínima establecida, no siempre queda claro si cobrará por debajo de esa cuantía garantizada. La respuesta depende de diversos factores y no es única para todos los casos. Para aclarar esta situación, un funcionario de la Seguridad Social, Alfonso Muñoz, ha explicado los detalles en su canal de TikTok.
Los pensionistas podrán solicitar un complemento extra si no alcanzan la pensión mínima
En un vídeo publicado en la red social, el funcionario ha hecho referencia a lo que se llama complemento a mínimos: "Aquellos pensionistas cuya cuantía de pensión que esté por debajo de la pensión mínima establecida, podrán solicitar un complemento en su pensión siempre y cuando no superen un nivel de rentas establecido sin tener en cuenta el importe de su pensión".
Se trata de un complemento que ya perciben millones de pensionistas en el país. De acuerdo con los datos de la Seguridad Social, más de 2 millones de pensionistas han percibido esta pensión el 1 de mayo, principalmente los que cobran una pensión de jubilación pero también de viudedad, incapacidad permanente u orfandad.
Muñoz recuerda que "el importe de las pensiones contributivas se obtiene de dos factores, por un lado los años cotizados y por otro lado está la base de cotización" y que "hay personas que por distintas circunstancias a lo largo de toda su vida laboral han tenido lagunas de cotización", lo cual ha provocado que "su vida de cotización haya sido reducida y haya cotizado pocos años".
Entre los posibles casos se encuentran quienes han pasado por situaciones de desempleo, quienes han solicitado una excedencia para cuidar a un hijo o a un familiar dependiente, o quienes han tenido dificultades para incorporarse al mercado laboral.
Los requisitos de la Seguridad Social
Según explica la Seguridad Social en su página web, para poder acceder al complemento por mínimos es necesario que los ingresos procedentes del trabajo, del capital, de actividades económicas o de ganancias patrimoniales -excluida la pensión mínima correspondiente- no superen los 9193 euros anuales.
En ese caso, el organismo reconoce un complemento equivalente a la diferencia, que se reparte entre las mensualidades en las que se percibe la pensión.