

En plena tensión por los efectos de la Ley de Vivienda, también llamada Ley de Alquileres, un aspecto poco conocido está generando preocupación entre los propietarios en España. El auge del fenómeno de los "inquiokupas" ha llamado la atención de medios y especialistas, pero detrás del ruido mediático, existe un camino legal que podría terminar con el inquilino convertido en dueño del inmueble.
Lejos de tratarse de una ocupación ilegal, este mecanismo está contemplado en el propio Código Civil español y se conoce como usucapión o prescripción adquisitiva. Esta vía permite, bajo determinadas condiciones, que una persona que no figura como titular registral de una vivienda pueda inscribirla a su nombre sin necesidad de comprarla.
El requisito central: haber actuado como propietario durante años, incluyendo el pago de impuestos como el IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles).
Aunque muchas veces pasa desapercibido, este procedimiento se ha utilizado para regularizar situaciones en las que los antiguos dueños fallecieron, desaparecieron o dejaron de ejercer su derecho. Hoy, más que nunca, los propietarios deben estar atentos a los riesgos legales que implican ciertos contratos de alquiler prolongados.

Cómo funciona la usucapión para inquilinos en España
El procedimiento judicial de usucapión permite, tras demostrar la posesión pacífica y continuada, que un inquilino pueda inscribir el inmueble a su nombre. Para que esto ocurra, es necesario:
- Haber actuado como verdadero propietario durante el plazo exigido.
- Haber pagado impuestos relacionados con la propiedad, como el IBI.
- Que la posesión haya sido pública, pacífica e ininterrumpida.
La clave está en demostrar que durante esos años el inquilino ha realizado gestiones propias de un propietario, desde pagar impuestos hasta ocuparse del mantenimiento del inmueble.
El Tribunal Supremo ha reconocido en distintas sentencias que la posesión prolongada junto con el pago de tributos puede servir como prueba decisiva para declarar la propiedad por usucapión, siempre que no existan interrupciones ni impugnaciones por parte del titular registral.
Cuántos años hay que pagar impuestos para convertirse en propietario
La ley establece dos plazos diferentes para acceder a la usucapión, según las circunstancias:
Usucapión ordinaria
- Requiere diez años de posesión pacífica, pública e ininterrumpida.
- Es necesario contar con "justo título" y buena fe.
Usucapión extraordinaria
- Aplica cuando no se cuenta con título ni buena fe.
- Exige treinta años de posesión continuada.
En ambos casos, el pago del IBI y de otros impuestos relacionados con el inmueble refuerza la prueba de posesión y resulta clave para que el juez admita la demanda y ordene inscribir el inmueble a nombre del poseedor.
Usucapión: una vía legal poco conocida, pero posible
Aunque el procedimiento no está exento de complejidad y requiere prueba documental sólida, cada vez más personas recurren a esta vía para regularizar inmuebles que han ocupado durante décadas.
Este recurso, previsto en el derecho civil, permite que quienes han actuado como propietarios puedan consolidar finalmente su derecho de propiedad."El fundamento de la usucapión es que la posesión continuada en el tiempo, mantenida de forma pública y pacífica, acaba generando un derecho real de propiedad", según la Doctrina legal.
Así, los inquilinos que cumplan con estos requisitos y acrediten años de pago de impuestos pueden, mediante este procedimiento judicial, dejar de ser inquilinos para convertirse legalmente en propietarios.















