

La pensión de viudedad, destinada a ofrecer apoyo económico a quienes han perdido a su cónyuge o pareja de hecho, ha sido fundamental para numerosas familias que dependían financieramente del fallecido.
En general, la pensión de viudedad es vitalicia, aunque puede extinguirse si el beneficiario contrae matrimonio nuevamente o establece una nueva pareja de hecho, salvo en situaciones excepcionales.
Sin embargo, la Seguridad Social ha intensificado los controles y está retirando esta pensión a quienes no cumplan con los requisitos establecidos.

Razones para perder la pensión de viudedad
Aunque la pensión de viudedad es, por lo general, de carácter vitalicio, existen ciertas circunstancias que pueden llevar a su extinción:
- Contraer matrimonio o constituir una nueva pareja de hecho, a menos que la pensión represente al menos el 75% de los ingresos del beneficiario.
- Fallecimiento del beneficiario, lo que implica la pérdida automática del derecho a la pensión.
- Verificación de que el fallecimiento del causante no ocurrió bajo las circunstancias inicialmente informadas para la concesión de la prestación.
- Ser declarado culpable de la muerte del causante mediante sentencia firme.
- Condena por un delito doloso de homicidio o lesiones hacia la persona que originó la pensión, salvo excepciones derivadas de reconciliación entre las partes.
Si se extingue la pensión de viudedad y existen beneficiarios de pensión de orfandad, estos pueden experimentar un incremento en su prestación.

Requisitos para conservar la pensión de viudedad
Para acceder y conservar la pensión de viudedad, es imperativo que el fallecido haya cotizado al menos 500 días al Régimen General de la Seguridad Social en los cinco años anteriores a su deceso. Sin embargo, si la muerte ocurrió a causa de un accidente o una enfermedad profesional, este requisito no será aplicable.
Asimismo, el beneficiario debe haber mantenido un vínculo legal con el fallecido a través de:
- Matrimonio.
- Pareja de hecho registrada.
- Separación o divorcio, siempre que el beneficiario perciba una pensión compensatoria que se extinguió con el fallecimiento.
Revisión del cálculo de la pensión de viudedad
El monto de la pensión de viudedad se calcula aplicando un porcentaje sobre la base reguladora del fallecido. Generalmente, este porcentaje es del 52%, aunque puede aumentar hasta el 70% si el beneficiario cumple con ciertos requisitos, como tener 65 años o más y no contar con ingresos significativos.
Si el beneficiario establece una nueva relación de pareja, podrá continuar recibiendo la pensión siempre que esta represente al menos el 75% de sus ingresos anuales y que los ingresos totales del nuevo hogar no excedan el doble del Salario Mínimo Interprofesional (SMI).













