En esta noticia

Hoy en día, miles de familias españolas consideran a los animales cómo un miembro más de la familia. Cada vez más personas deciden compartir su vida y vivienda con sus mascotas, hasta el punto de que, según un estudio de Fotocasa, en el 44% de los hogares españoles vive un perro o un gato.

No obstante, encontrar un hogar adecuado para ambos puede no resultar una tarea fácil. Según el estudio de la fundación Affinity junto con Fotocasa, solo el 4% de las viviendas en alquiler en España anuncian que permiten mascotas. Muchos habitantes no saben si es legal que el propietario del piso en el que viven les prohíba tener mascotas y si la ley ampara que sean echados en caso de que descubra que las tienen.

Para estos casos, la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) es muy clara al respecto. No prohíbe la tenencia de animales en el hogar, pero sí otorga libertad a los propietarios para que elijan si los aceptan o no en su vivienda, algo que deben discutir los inquilinos antes de firmar el contrato de alquiler.

La Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) no prohíbe la tenencia de animales en el hogar (fuente: archivo)

¿Es legal que el propietario me prohíba tener mascotas?

Según la LAU, solo está prohibido tener mascotas en la vivienda si en el contrato de alquiler hay una cláusula que exponga de forma clara que no pueden vivir animales en la propiedad. En caso de no existir esta cláusula, se pueden tener mascotas en la vivienda.

Para evitar un conflicto de intereses entre arrendador y arrendatario, lo mejor es dejar bien en claro los detalles en lo que a la convivencia de animales se refiere. Algunos propietarios tienen mayor aceptación para ciertas especies de animales, cómo los gatos o las tortugas, que son menos ruidosas que los perros.

Al negociar este apartado del contrato de alquiler, se puede contratar un seguro de hogar para que se haga cargo de los posibles desperfectos, o bien, demostrar el buen comportamiento de la mascota en anteriores viviendas. De esta manera, se puede conseguir una mayor flexibilidad por parte del propietario.

¿Me pueden echar por tener una mascota a escondidas?

Si el contrato especifica que no se pueden tener animales y los inquilinos lo hacen a escondidas del propietario, se estaría incurriendo en un incumplimiento del contrato de alquiler, por lo que el arrendador tendrá derecho a echar al arrendatario de la vivienda.

Esta acción podrá ser amparada por el artículo 27 de la LAU, que estipula que el propietario puede resolver el contrato "cuando en la vivienda tengan lugar actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas", motivos en donde también se incluyen los ladridos excesivos o recurrentes, algo que también podría provocar las quejas formales de los vecinos.

En estos casos, tras resolver el contrato, el propietario examinará si la vivienda presenta daños que puedan haber sido ocasionados por las mascotas. En caso de que existiesen, el arrendador podría quedarse parte o el total de la fianza para repararlos.

El arrendador podría quedarse parte o el total de la fianza para reparar daños ocasionados por las mascotas (fuente: archivo)

¿Qué opinan los propietarios sobre las mascotas?

Los datos de Fotocasa Research revelan que el 58% de los propietarios de viviendas aceptaría animales en el inmueble, pero solo el 4% de los propietarios acaba anunciando viviendas en alquiler que explícitamente acepten animales.

En este sentido, el tamaño de los perros es un factor clave para muchos arrendadores. Los animales pequeños o medianos son aceptados por el 37% de los inquilinos, que no presentan ningún inconveniente en aceptarlos.

En cambio, los animales grandes sufren de mayores dificultades de aprobación. Solo el 17% de los propietarios los aceptaría. También el 10% de los arrendadores aceptarían a los animales siempre y cuando se encontraran en una jaula o en zonas específicas de la vivienda, cómo el jardín o la terraza.

La encuesta llevada a cabo también demostró que los jóvenes muestran una mayor aceptación hacia los animales. Según estas métricas, 77% de las personas de entre 25 y 34 años aceptarían animales si pusieran su piso de propiedad en alquiler.