La Dirección General de Tráfico (DGT) ha implementado una normativa que impide la renovación del carnet de conducir a conductores bajo tratamientos médicos que puedan comprometer su capacidad al volante. Esta medida tiene como objetivo garantizar que quienes circulan por las carreteras españolas estén en óptimas condiciones físicas y psicológicas, reduciendo así el riesgo de accidentes.
Entre los medicamentos que afectan la conducción y que serán motivo de restricción se encuentran los ansiolíticos y antidepresivos, los cuales pueden provocar somnolencia y disminuir los reflejos, incrementando el riesgo de accidentes.
Medicamentos que afectan la renovación del carnet
Entre los medicamentos que afectan la conducción y que serán motivo de restricción se encuentran los ansiolíticos y antidepresivos, los cuales pueden provocar somnolencia y disminuir los reflejos, incrementando el riesgo de accidentes. Los antihistamínicos, utilizados para tratar alergias, también pueden causar somnolencia y retrasar el tiempo de reacción.
Los opiáceos y otros analgésicos fuertes que generan sedación intensa también figuran en la lista. Incluso la insulina en tratamientos para la diabetes podría ser motivo de restricción si no se controla adecuadamente, debido a posibles episodios de hipoglucemia que afectan la concentración y los reflejos.
Enfermedades que afectan la renovación del carnet
Además de los medicamentos, ciertas enfermedades pueden impedir la renovación del permiso de conducir. Entre ellas se encuentran las patologías de tipo vascular, cardíaco, neurológico y psiquiátrico.
Aquellos pacientes que hayan padecido arritmias o que hayan sufrido un infarto deberán esperar un periodo mínimo de recuperación antes de solicitar una nueva licencia, siempre acompañados de un informe médico favorable.
En el caso de personas que padezcan trastornos psiquiátricos graves, como demencia o depresión severa, podrían ver restringida su capacidad para conducir de manera indefinida, dependiendo de la evaluación que realice un profesional médico.
Evaluación médica obligatoria
Los conductores que se encuentren bajo tratamiento con los medicamentos mencionados o que padezcan las enfermedades señaladas deberán someterse a una evaluación en un Centro de Reconocimiento de Conductores autorizado.
Este centro certificará si el paciente posee las capacidades mínimas necesarias para conducir de forma segura, tomando en cuenta sus aptitudes perceptivas, cognitivas y motoras.
En algunos casos, las renovaciones del carnet solo serán válidas por periodos más cortos, dependiendo de la gravedad de la enfermedad y su tratamiento. Esta medida pretende minimizar los riesgos de accidentes relacionados con problemas de salud y consumo de medicamentos.
Consecuencias del incumplimiento
La DGT advierte que los conductores que oculten información médica relevante podrían enfrentarse a sanciones graves, incluidas multas y la retirada inmediata del carnet. Además, en caso de accidente, las aseguradoras podrían rechazar cubrir los daños si se demuestra que el conductor estaba bajo los efectos de medicamentos no declarados.
Con esta medida, la DGT pretende garantizar una conducción más segura en España, reduciendo accidentes derivados de problemas de salud mal gestionados o tratamientos médicos que afecten las capacidades necesarias para estar al volante.