Un vecino de Bilbao recibió una indemnización de 3941 euros tras sufrir la rotura de dos implantes dentales al morder una aceituna que, según el envase, estaba deshuesada. El producto, de la marca Carrefour y fabricado por la empresa Aceitunas Guadalquivir S.L., contenía un hueso que provocó el accidente.
La asociación FACUA Euskadi acompañó al afectado durante el proceso de reclamo, que derivó en una compensación parcial por parte del fabricante. La empresa reconoció los daños, aunque inicialmente sólo cubrió una pequeña parte del coste total de la reconstrucción dental.
¿Qué ocurrió y por qué se responsabilizó a la empresa?
José María G.C. compró un frasco de aceitunas verdes sin hueso en un supermercado de Bilbao. Al probar una de ellas, se fracturó dos implantes dentales debido a un hueso presente en el interior del fruto, lo que contradijo lo declarado en el etiquetado del envase.
El afectado tuvo que acudir de urgencia al dentista, quien extrajo los implantes dañados, intervención que costó 250 euros.
Carrefour, al ser contactado por el consumidor, alegó que en el etiquetado se incluía una advertencia: las aceitunas están deshuesadas mecánicamente y, pese a las precauciones, puede quedar algún resto. No obstante, FACUA sostuvo que esa advertencia no eximía de responsabilidad al fabricante, ya que el daño fue directo y comprobable.
La asociación de consumidores gestionó una reclamación formal ante Aceitunas Guadalquivir S.L. Tras recibir inicialmente sólo los 250 euros por la urgencia, el consumidor volvió a reclamar el coste del tratamiento completo con un informe pericial odontológico que acreditaba el perjuicio.
¿Por qué no cubrieron la totalidad del tratamiento?
El coste total de la reconstrucción dental ascendía a 4951 euros, cifra que el fabricante se negó a cubrir por completo. Aunque reconoció su responsabilidad y ofreció abonar parte de los gastos, la empresa solo aceptó transferir 3691 euros, además de los 250 ya pagados, dejando sin cubrir más de 1000 euros del tratamiento odontológico definitivo.
FACUA consideró la propuesta como un acuerdo razonable en función de los procedimientos habituales en estos casos y recomendó al consumidor aceptarla.
A pesar de no cubrir el monto completo, la indemnización sirvió para compensar gran parte del gasto ocasionado por un producto mal procesado.
El caso plantea nuevas preguntas sobre la responsabilidad empresarial en productos alimenticios procesados y la eficacia de las advertencias en el etiquetado frente a los daños reales que puede sufrir un consumidor.