

La ley de Bienestar Animal publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) está en vigor desde septiembre de 2023 en España. Esta normativa establece una serie de prohibiciones y obligaciones que deberán cumplir los propietarios de mascotas domésticas para evitar posibles sanciones.
Entre estas disposiciones se incluye la obligación de contratar un seguro de responsabilidad civil para perros, con el fin de cubrir los daños que pudieran causar a terceros, así como las regulaciones sobre su paseo y los collares que ya no estarán permitidos.

¿Cómo pasear a la mascota sin recibir sanciones?
La ley establece que estará prohibido dejar animales sueltos o en condiciones que puedan causar daños en espacios públicos o privados “a las personas, al ganado o al medio natural”.
La nueva normativa 7/2023, del 28 de marzo, estipula que los perros o gatos deberán ir siempre sujetos con correa cuando paseen por espacios públicos, exceptuando sitios que estén destinados para ellos, como parques caninos.
Sobre este punto, la Dirección General de Tránsito (DGT) determina multas de entre 90 euros y 300 euros para quienes transiten con mascotas sin collares.

Acciones prohibidas y sancionadas por la Ley
En el artículo 27 de la mencionada ley se establece que quedarán prohibidas las siguientes conductas en animales de compañía, silvestres o en cautividad:
- Maltratarlos o agredirlos físicamente, así como someterlos a trato negligente o cualquier práctica que les pueda producir sufrimientos, daños físicos o psicológicos u ocasionar su muerte.
- Usar métodos y herramientas invasivas que causen daños y sufrimientos a los animales, sin perjuicio de los tratamientos veterinarios realizados por profesionales.
- Abandonarlos intencionadamente en espacios cerrados o abiertos, especialmente en el medio natural donde pueden ocasionar daños.
- Someterlos a trabajos inadecuados o excesivos en tiempo o intensidad respecto a las características y estado de salud de los animales.
Collares prohibidos para animales domésticos
Los sistemas de sujeción que se podrán utilizar son arneses o collares, aunque el primero es el más recomendado, ya que sujeta al animal del pecho y evita posibles lesiones cervicales.
En relación a la segunda alternativa, existen dos tipos de collares: el estándar, mientras que no se apriete demasiado al perro y los eléctricos o de castigo. Este último dispositivo pasará a estar prohibido por la ley de Bienestar Animal como medida contra el maltrato.
Además, la ley explica que no se podrá “utilizar cualquier artilugio, mecanismo o utensilio destinado a limitar o impedir su movilidad en un punto fijo salvo por prescripción veterinaria atendiendo a su bienestar".














