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La seguridad vial es un objetivo prioritario en España. Para salvaguardarla, la Dirección General de Tráfico (DGT) establecen criterios estrictos en los reconocimientos médicos exigidos para renovar o tramitar un carnet de conducir.

La decisión final corresponde en muchos casos al profesional a cargo de la revisación médica. Incluso si alguien padece una de las dolencias mencionadas, podrá recibir el visto bueno para conducir si el médico valora que su estado y tratamiento no representan un riesgo.

Enfermedades consideradas incompatibles con la renovación del carnet

Hay un conjunto de 35 patologías que suelen ser motivo de denegación para la renovación del permiso de conducir, especialmente si no están controladas o son graves.

Entre las enfermedades incompatibles con la dirección se incluyen:

  • Accidente isquémico transitorio

  • Alzheimer o demencia

  • Epilepsia no controlada

  • Arritmias o enfermedades cardíacas graves

  • Apnea del sueño no tratada

  • Enfermedades neurológicas degenerativas como esclerosis lateral amiotrófica o Parkinson avanzado

  • Diabetes mellitus insulinodependiente con episodios frecuentes de hipoglucemia

  • Enfermedades oncológicas en curso

  • Marcapasos o desfibrilador automático implantado

  • Nefropatía con diálisis o trasplante renal

  • Trastornos mentales graves: trastorno obsesivo-compulsivo, trastorno por déficit de atención e hiperactividad (TDAH), trastorno de la personalidad, depresión severa, trastornos de ansiedad

  • Trastornos respiratorios crónicos en fases avanzadas

Qué influencia tienen los tratamientos y medicamentos

No solo la enfermedad, sino también los fármacos y tratamientos que se toman para controlarlas pueden impedir la renovación. La DGT alerta sobre medicamentos que inducen somnolencia, visión borrosa, vértigos o alteraciones cognitivas.

El médico evaluador puede decidir limitar el periodo de renovación del permiso (por ejemplo, reducirlo a un plazo de un año) o incluso denegarlo. En casos de patologías progresivas o incontroladas, se podría dictaminar la pérdida definitiva del permiso.

¿Existe un listado oficial de enfermedades de la DGT?

No existe una normativa ni un listado oficial de la DGT que indique un listado específico de enfermedades. Sin embargo, el organismo considera las incompatibilidades recogidas en el Anexo IV del Reglamento General de Conductores, vigente desde 1997 y actualizado parcialmente en 2023.

Es por este motivo que, aquellas personas con enfermedades graves o mal controladas podrían no poder renovar su carnet de conducir, aunque la valoración individual del médico es determinante. El permiso se concede o niega en base a circunstancias concretas de cada caso, no por una lista rígida.