

En plena campaña de la Declaración de la Renta del ejercicio 2024, Hacienda ha introducido una medida que puede suponer un alivio económico para determinados contribuyentes. Aunque tradicionalmente se han contemplado deducciones por gastos médicos, seguros del hogar o donaciones, este año la atención se centra en los costes relacionados con el vehículo. Un cambio que afecta especialmente a quienes utilizan el coche como herramienta de trabajo y que podría reflejarse directamente en el resultado de su declaración.
Hacienda contempla nuevas deducciones en la Renta
La Agencia Tributaria (AEAT) ha confirmado que ciertos trabajadores podrán deducir en su Declaración de la Renta el gasto correspondiente al seguro del coche, la gasolina y otras partidas vinculadas al uso profesional del vehículo. Esta posibilidad no es universal, ya que se encuentra supeditada al cumplimiento de un requisito concreto: demostrar que el vehículo se emplea de forma habitual para fines laborales.

Esta deducción resulta especialmente relevante para colectivos como autónomos repartidores, comerciales o taxistas, cuya actividad profesional depende directamente del uso de un vehículo particular. En estos casos, Hacienda permite aplicar deducciones también sobre los costes de reparaciones, impuestos asociados al automóvil e incluso el consumo de combustible.
No obstante, la desgravación no será del 100% en todos los casos. Cuando el coche tenga un uso mixto -es decir, tanto profesional como personal- el porcentaje deducible se verá reducido. Por lo tanto, se exige una justificación clara del uso laboral del vehículo, aportando documentación acreditativa ante la AEAT.
El requisito imprescindible para desgravar gasolina y seguro
El requisito que impone Hacienda para acceder a estas deducciones es contundente: acreditar que el vehículo está destinado al trabajo. Esta condición entró en vigor el pasado 2 de abril y se mantiene como indispensable para incluir estos conceptos en el borrador del IRPF de 2024. De no cumplirse, la deducción será automáticamente rechazada.

La medida se enmarca en el conjunto de deducciones estatales y autonómicas a las que pueden acogerse los contribuyentes antes del 30 de junio, fecha límite para la presentación de la Declaración.
Como ocurre con otras bonificaciones, el ahorro depende del cumplimiento de criterios concretos y, en este caso, también de la Comunidad Autónoma, ya que algunas aplican deducciones específicas en los tramos autonómicos del IRPF.












