El festivo del 15 de agosto volverá a generar dudas entre miles de trabajadores en España. Este año, la festividad de la Asunción de la Virgen coincide con un sábado, una circunstancia que hace que muchos empleados con jornada de lunes a viernes no puedan disfrutar de ese día de descanso.
Sin embargo, varias resoluciones judiciales han cambiado el escenario. Una reciente sentencia de la Audiencia Nacional reconoce el derecho a un descanso compensatorio en determinados supuestos y amplía el criterio que previamente había fijado el Tribunal Supremo en otro caso similar.
Aunque la decisión todavía no es firme y deberá pronunciarse el Tribunal Supremo, el fallo abre la puerta a que miles de trabajadores puedan reclamar la compensación del festivo del 15 de agosto, dependiendo de su convenio colectivo y de las circunstancias de cada empresa.
El festivo del 15 de agosto cae en sábado: qué dice la Justicia sobre el derecho a otro día libre
El origen del debate se encuentra en una sentencia del Tribunal Supremo de 30 de abril de 2025, conocida como el caso Zara. En aquella resolución, los magistrados dieron la razón a los trabajadores de la empresa al considerar que debían recibir un día de descanso cuando una fiesta coincidía con su descanso semanal dentro de un sistema de turnos de lunes a domingo.
Ahora, la Audiencia Nacional, en una sentencia de 19 de mayo de 2026, ha extendido ese criterio a los trabajadores del sector de los centros de llamadas con jornadas de lunes a viernes o de lunes a sábado. Los jueces entienden que el artículo 37.2 del Estatuto de los Trabajadores permite aplicar una lógica similar cuando un festivo coincide con cualquier día de descanso semanal.
Según la resolución, impedir esa compensación podría provocar desigualdades en el disfrute de los 14 festivos anuales reconocidos a los trabajadores. No obstante, la sentencia todavía puede ser recurrida y será el Tribunal Supremo quien tenga la última palabra.
¿Quiénes podrían recuperar el festivo del 15 de agosto?
Por el momento, el reconocimiento del descanso compensatorio afecta directamente a las empresas incluidas en el convenio colectivo de los centros de llamadas (call centers), ya que ese es el ámbito sobre el que se pronunció la Audiencia Nacional.
No obstante, el fallo ha abierto un debate que podría extenderse a otros sectores si el Tribunal Supremo confirma el criterio. En ese caso, otros trabajadores cuyo descanso semanal coincida con un festivo podrían invocar esa doctrina para reclamar un día libre compensatorio.
La propia resolución señala que las dificultades para organizar los calendarios laborales no justifican impedir el disfrute de ese derecho. Los magistrados recuerdan que la controversia no gira sobre el cumplimiento de la jornada anual, sino sobre los días concretos en los que corresponde descansar y trabajar.
Cuándo debería disfrutarse el descanso compensatorio y qué puede pasar ahora
La sentencia de la Audiencia Nacional establece que el descanso compensatorio deberá disfrutarse en un plazo máximo de 14 días, aunque no precisa si ese período debe computarse en días naturales o hábiles.
La abogada laboralista Marta Prieto, socia de ARYA Legal, considera que la interpretación más sólida es entender que se trata de días naturales, al tomar como referencia el régimen del descanso semanal previsto en el artículo 37.1 del Estatuto de los Trabajadores. También sostiene que, si durante ese plazo el trabajador está de baja médica, de vacaciones o concurre otra causa que impida disfrutar del descanso, el cómputo debería comenzar cuando realmente pueda hacerse efectivo.
La letrada también recuerda que la sentencia no es firme y advierte de que será el Tribunal Supremo quien determine si confirma o modifica esta interpretación. Mientras tanto, recomienda a las empresas revisar sus calendarios laborales y valorar la posibilidad de prever los descansos compensatorios para reducir futuros conflictos laborales.
¿Qué deberían hacer trabajadores y empresas?
Mientras no exista una resolución definitiva del Tribunal Supremo, el derecho a recuperar el festivo del 15 de agosto dependerá del convenio colectivo aplicable, de la organización de la empresa y del ámbito en el que resulte de aplicación la sentencia de la Audiencia Nacional.
Para las empresas, la principal recomendación es planificar con antelación el calendario laboral e identificar los festivos que coincidan con días de descanso semanal. Para los trabajadores, el fallo supone un precedente relevante, aunque todavía no implica que todos puedan exigir automáticamente un día libre compensatorio.