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La Agencia Nacional de Discapacidad (ANDIS) resolvió volver a pagar las pensiones a discapacidad a un grupo determinado de personas,tras haberlas dado de baja por las auditorías.

El organismo dejó sin efecto las suspensiones de los beneficios de las personas incluidas en el Anexo I de la Resolución 12.504/2025, en cumplimiento de una orden judicial dictada en la causa "Defensoría del Pueblo de la Provincia de Formosa y otros c/ Estado Nacional - ANDIS s/ Acción de Amparo".

La medida, publicada este martes en el Boletín Oficial, dispone además la reanudación de los pagos correspondientes a las Pensiones No Contributivas (PNC) por Invalidez Laboral que habían sido suspendidas.

Vuelven a pagar las pensiones por discacidad: el Gobierno restituyó el beneficio a estas personas

La Jueza Federal María Belén López Macé, del Juzgado Federal N° 2 de Formosa, ordenó al Estado Nacional y a la ANDIS restablecer en 24 horas las pensiones retenidas en esa provincia.

La medida cautelar fue confirmada posteriormente por la Cámara Federal de Resistencia.

A la vez, la ANDIS otorgó un plazo de 90 días hábiles para que los titulares de las pensiones regularicen su situación administrativa a fin de posibilitar una evaluación técnica integral por parte del organismo.

La resolución también instruye a la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) a reactivar los pagos y a la Dirección de Asignación de Apoyos Económicos y Liquidación a notificar a los beneficiarios.

¿Quiénes pueden acceder a la Pensión por Invalidez Laboral?

La PNC por Invalidez Laboral está destinada a personas que cumplan con los siguientes requisitos:

  • Tener una incapacidad total y permanente (66% o más de disminución en la capacidad laboral).
  • No percibir ninguna otra jubilación, pensión o prestación, contributiva o no contributiva.
  • No estar empleado ni registrado como autónomo o monotributista, salvo en el caso del monotributo social.
  • No contar con ingresos suficientes ni familiares obligados legalmente a brindar sustento.
  • Ser argentino nativo o naturalizado con residencia en el país (extranjeros deben acreditar 10 años de residencia).
  • No estar detenido ni a disposición de la justicia.
  • A partir de octubre, se suma el requisito de actualizar la dirección postal, ya que las notificaciones judiciales deben enviarse por correo físico.

Documentación necesaria para iniciar el trámite

Para solicitar la pensión por invalidez, se debe presentar:

  • DNI del titular (frente y dorso).
  • Certificado Médico Oficial (CMO) digital y estudios médicos respaldatorios.
  • Partida de nacimiento y documentación de los padres (si el solicitante es menor de edad).
  • Formulario P.S 6.4 de apoderado (si corresponde).
  • Fotocopias de toda la documentación.

Auditorías: ¿cómo es el proceso de revisión?

Las auditorías se aplican a pensiones otorgadas bajo la Ley 13.478 y el Decreto 432/97, excluyendo a menores de edad y personas ya evaluadas en 2024. El procedimiento incluye:

  • Turnos: comenzaron en marzo de 2025.
  • Notificación: se envía una carta documento con fecha, hora y lugar de la evaluación.
  • Evaluación médica: realizada por profesionales del PAMI.
  • Documentación: debe enviarse escaneada dentro de los 30 días posteriores al turno, a través de TAD, ANSES (con turno), correo postal o en las sedes de ANDIS.
  • Obligatoriedad: no asistir puede derivar en la suspensión del beneficio.
  • Justificación de inasistencia: debe enviarse por mail a inasistenciapnc@andis.gob.ar con DNI y documentación médica, hasta 24 horas antes del turno.

¿Cuánto cobran los titulares de la pensión por invalidez en octubre?

La ANSES confirmó un aumento del 1,88% en los haberes de octubre. Con el bono de $ 70.000, el monto a cobrar es el siguiente:

  • Pensión por Invalidez Laboral: $ 298.408,87 ($ 228.408,87 de haber + $ 70.000 de bono)

La resolución completa