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Un tema que no se debatió tanto públicamente es el impacto de la reforma laboral en los monotributistas, el único empleo que creció en los últimos 15 años, cuando se estancó el trabajo formal. Con la nueva ley queda legalizada la contratación de un trabajador independiente, por más que cumpla las condiciones de la relación de dependencia.

Así, lo que se conocía como “una relación de dependencia encubierta”, que podía judicializarse por registración deficiente, queda institucionalizada por ley. Solamente bastará con contratar a un monotributista y hacerle firmar un contrato al estilo de locación de obra o servicio, y se caerá la presunción de relación laboral que rige hoy.

El llamado “monotributista encubierto” solía encontrarse en sectores como la salud, la educación o hasta el mismo Estado. Pero ahora están en todas las actividades económicas. De los 400 mil monotributistas que se generaron en los últimos 2 años de la presidencia de Javier Milei, 116 mil fueron en turismo y 93 mil en industria. Así se desprende de un trabajo del economista Fernando Marull. “Argentina crea 200 mil empleos por año, independientes o informales. Las respuestas son Rappi o Uber, y no, los datos del Indec muestran otra cosa”, escribió Marull en X.

El Gobierno ve con buenos ojos esta situación. “Muy interesante esto que comenta Fernando Marull, el mercado laboral va tomando nuevas formas”, escribió Federico Sturzenegger, ministro de Desregulación, haciendo mención al consultor.

Por qué se legaliza

Hay dos artículos clave en la nueva ley que validan la contratación del monotributista, y ya ante un eventual juicio laboral no implicaría probar una relación de dependencia. En la ley anterior, era muy fácil probar una deficiente registración con un contrato, con pagos mensuales, el cumplimiento de un horario, seguir órdenes de un jefe, o no contar con los medios de producción. Eran presunciones a favor de la existencia de un contrato de trabajo. Lo que importaba eran los hechos, no el vínculo contractual.

Un contrato firmado igual le hubiera correspondido la ley de contrato de trabajo si la persona lo judicializaba. Pero ya no, con artículos que son muy concretos.

En su artículo 2, la nueva normativa establece que el ámbito de aplicación de la ley laboral excluye del ámbito de aplicación a “las contrataciones de obra, servicio, agencia, transporte o flete”, a “los trabajadores independientes y sus colaboradores” y a los “prestadores independientes de plataformas tecnológicas. Ese agregado ya venía de la ley bases, votada en 2024, pero el capítulo laboral había quedado suspendido por la Justicia.

Otro artículo clave es el 23. Asegura que la presunción de existencia del contrato de trabajo no será de aplicación cuando existan contrataciones de obras o de servicios profesionales, o cualquier otra modalidad que comprendan prestaciones sin relación de dependencia, y se emitan los recibos o facturas correspondientes.

El monotributo es lo que más creció en el último año. Los trabajadores registrados asalariados del sector privado cayeron -1,3% y los públicos -0,9%. Los monotributistas crecieron 4,2% interanual en noviembre, según los últimos datos del SIPA. Actualmente, en el sector privado hay más de 6,2 millones de asalariados formales. Mientras que ya hay casi 5 millones de trabajadores independientes: 2,1 millones son los “monotributistas puros”, y hay 2,1 millones que son trabajadores independientes informales, esto es, que tienen un esquema de relación de dependencia, aunque su figura legal ante ARCA sea pagar el monotributo. Así se desprende de un trabajo de Matias Maito, investigador de la Universidad de San Martín.

Algo muy habitual en pymes o micro empresas es que ni el trabajador sabe qué contratación tiene. Se entregan las claves fiscales de la web de ARCA y la misma empresa gestiona los pagos al monotributo, las recategorizaciones, o tener al día ingresos brutos.

Dilemas

Surge así la pregunta de qué incentivos existirán a contratar a una persona en relación de dependencia, que implica pagarle vacaciones, aguinaldo, aportes al Estado más caros o indemnizarla en caso de despido. Cuando se le puede hacer un contrato a un monotributista, no pagar vacaciones, aguinaldo, indemnización o ART, y hasta es posible descargarlo del impuesto a las Ganancias.

Una mirada liberal, sin tener en cuenta la pérdida de beneficios para el trabajador, podría indicar que se trata de un menor costo para las empresas y mayor incentivo a contratar. Pero una mirada fiscalista implica el dilema de una menor recaudación para el Estado y sobre todo para el financiamiento del ya quebrado sistema jubilatorio. Se estima que se necesitan 3 trabajadores aportando para 1 jubilado. Hoy hay 1,7 personas activas por cada pasivo. En el caso de monotributistas, se requieren 19 personas para pagar una mínima, según Julián Folgar, docente de finanzas públicas de la UBA.