Por primera vez en su historia, la Argentina se encamina a un paro del personal diplomático con impacto local e internacional. No solo eso, en la jornada de medida de fuerza por 24 horas contra la eliminación de excepciones en el pago del impuesto a las Ganancias que se prepara para la próxima semana, ya confirmó que se plegará el personal administrativo que también acusa el impacto en sus salarios con lo que no habría atención consular más allá de una guardia mínima.
La decisión se debatió en medio de la puja con el Gobierno nacional por la eliminación de ciertas excepciones en los ítems salariales vinculados al costo de vida en el exterior, dentro del decreto reglamentario del nuevo impuesto a las Ganancias. Hoy hubo una asamblea en conjunto de los gremios que representan a las y los trabajadores del Servicio Exterior de la Nación y del personal administrativo y se coincidió en avanzar en esa dirección.
La reunión de la que formaron parte la Asociación de Trabajadores del Estados (ATE) y la Asociación de Personal del Servicio Exterior de la Nación (Apsen) fue una novedad en sí misma por nuclear por primera vez a los dos gremios en una estrategia que avanza en conjunto también en la Justicia. Tuvo lugar en la Plaza Seca del edificio de la calle Esmeralda, frente al Palacio San Martín, con un formato híbrido ya que más de 200 personas se conectaron desde diversos lugares del mundo.
Allí se votó entre todos los participantes el llamado a un paro de 24 horas el jueves 12 de septiembre. No obstante, por las reglas internas de Apsen, el gremio de los diplomáticos requiere adoptar cualquier decisión en el marco de una asamblea extraordinaria y con el voto de dos tercios de los participantes. La convocará para el miércoles 11, un día antes.
De prosperar esta decisión y todo indicaría que así sería, la Argentina viviría el primer paro del personal del Servicio Exterior de la Nación. Por su parte, el tercer gremio del ministerio, la Unión de Personal Civil de la Nación (UPCN) participó pero solo lateralmente, sin tomar la palabra, y se desconoce si se sumará a la decisión.
En rigor, en las últimas semanas, varios diplomáticos en actividad dirigieron diversas cartas a la canciller Diana Mondino dejando constancia del malestar que se vive dentro del ministerio por el impacto de los nuevos criterios de imposición en los recibos de sueldos en el exterior. Hablan de quitas en los salarios de agosto de entre el 29 y el 37 % lo que despierta dilemas respecto a cómo seguirá su vida en el extranjero y las de sus familias a partir del gasto que insume la vivienda, la educación y hasta los servicios de salud.
En la asamblea, hubo enojos con la cúpula diplomática, más allá de Mondino. Incluso en los días previos, algunos diplomáticos exhortaron a la comisión directiva de Apsen a adoptar una actitud más contundente, por entender que se estaba desprotegiendo a las y los diplomáticos más jóvenes, sobre quienes pesa el virtual recorte con mayor proporción al tratarse de los salarios más bajos dentro del escalafón del servicio exterior.
"Es de público conocimiento que los diplomáticos de carrera que cumplen funciones en el exterior y, en especial los más jóvenes, han quedado gremialmente desprotegidos frente a una sustantiva reducción de sus ingresos", acusó el embajador Gustavo Martínez Pandiani, hoy destinado en Trinidad y Tobago, en una carta interna dirigida en duros términos a la que accedió El Cronista a través de fuentes cercanas al gremio.
Esta semana, la Justicia aceptó un planteo presentado en conjunto por ATE y APSEN contra el impuesto a las Gananciasen representación del personal diplomático y las y los trabajadores administrativos de la Cancillería. De esta manera, el juez federal Martín Cormick dio curso a una "class action" al reconocer la legitimidad de ambos demandantes para reclamar una medida cautelar antes de avanzar en el análisis de la inconstitucionalidad de la ley y su decreto reglamentario.
Los gremios accionaron contra las disposiciones del artículo 81 de la ley 27.743 y los artículos 5 y 9 del decreto 652/24, que derogan el artículo 280 del decreto 862/19, reglamentario de la ley 20628, acorde a la letra del expediente a la que accedió El Cronista.
Es el paso previo a que la Justicia resuelva el pedido de una medida cautelar, para la cual se esperan novedades en los próximos días, afirman desde los gremios. En caso de prosperar -advierten los delegados internos- la Cancillería estaría dispuesta a apelar la decisión judicial.
"El objeto de la pretensión es obtener 'la declaración de inconstitucionalidad de los artículos 5to y 9noveno inciso g) del decreto 652/24 (B.O. 22/07/24) por exceder las facultades reglamentarias del Poder Ejecutivo al derogar el artículo 280 de la reglamentación de la ley de Impuesto a las Ganancias-texto ordenado en 2019 y sus modificaciones, aprobada por el artículo 1ero del decreto 862 y sus modificaciones", consta en el expediente de la causa.
En otras palabras, tanto APSEN como ATE demandaron al Poder Ejecutivo y la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) por los cambios aplicados al pago del impuesto a las Ganancias que modificó las excepciones que regían en su actividad, impactando en un porcentaje de sus salarios. Lo que plantearon fue un regreso a la condición original según la cual había determinados items que no tributaban, a diferencia del tercer gremio del sector, UPCN, que hizo un planteo con el tributo en sí por fuera de la demanda colectiva.
A través de un fallo que se difundió hoy a las partes involucradas, el juez Cormick admitió el amparo iniciado por APSEN y ATE como una acción colectiva -en los términos del artículo 43 de la Constitución Nacional- y dispuso su inscripción en el Registro de Procesos Colectivos "en conformidad con lo enunciado en el punto III Acordada 12/16". De este modo, dio curso a la acción para que la Fiscalía federal tome cartas en relación al planteo presentado.
El paso siguiente esexpedirse sobre el amparo en cuestión antes de avanzar en la resolución de fondo.Mientras tanto, según pudo saber este medio, los dos gremios llamarán en las próximas horas a una asamblea en conjunto en la sede de la Cancillería el jueves a las 13
En palabras de Cormick se verifican tres elementos que abonan su decisión de aceptar el planteo en conjunto de ambos gremios. "El primer elemento es la existencia de un hecho único o complejo que causa una lesión a una pluralidad relevante de derechos individuales; el segundo elemento consiste en que la pretensión debe estar concentrada en los efectos comunes y no en lo que cada individuo puede peticionar" y "el tercer elemento exigible es que el interés individual, considerado aisladamente, no justifique la promoción de una demanda, con lo cual podría verse afectado el acceso a la justicia".
Por estas razones, ambos co-demandantes "se encuentran legitimadas para accionar en defensa de los intereses individuales homogéneos de sus representados", lo cual despeja un primer interrogante sobre la naturaleza de la presentación judicial.
El 31 de julio, la representación legal de Apsen, el gremio que nuclea al personal diplomático presentó su acción de amparo para obtener la declaración de inconstitucionalidad de los artículos 5 y 9 inciso g) del decreto 652/24. Dos días después, el 2 de agosto, el secretario general del Consejo Directivo de Capital de ATE adhirió a la demanda original con un escrito similar.
En su presentación, ambas representaciones gremiales alegaron que los artículos 5 y 9 inciso g) del decreto 652 /24 al reglamentar la reforma introducida por la ley 27.743 a la ley de Impuesto a las Ganancias, "excluyó la deducción el 'adicional por costo de vida que perciben los miembros del Servicio Exterior de la Nación y los funcionarios del Servicio Civil adscriptos a éste, que se desempeñan en el extranjero'", sin que el texto de la ley del impuesto a la ganancias que reglamenta se haya visto modificado.
En consecuencia, significó "la creación de un impuesto por el Poder Ejecutivo Nacional y un exceso de las facultades reglamentarias" por lo que reclamaban que se reestablezca el contenido del artículo 280 de la reglamentación original derogada por la nueva normativa.
En el artículo en cuestión se menciona "el adicional por costo de vida que perciben los miembros del Servicio Exterior de la Nación y los funcionarios del Servicio Civil adscripto a éste, que se desempeñen en el extranjero" como parte de los items salariales contemplados en las deducciones a la hora de abonar Ganancias. Con la modificación dispuesta por el actual Gobierno, esas sumas quedaron fuera de esa posibilidad, lo que implicó un virtual recorte de los salarios.
Por último, el fallo abre la puerta a la decisión del juez de resolver la cuestión de fondo acerca de la constitucionalidad o no de los artículos citados.