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La Justicia había habilitado el martes el tratamiento del pedido de la Confederación General del Trabajo (CGT) para dejar sin efecto la reforma laboral que introducía el Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) de Javier Milei.
Ahora, el juez en lo contencioso administrativo federal Enrique Lavié Pico dio el visto bueno levantará la feria para tramitar los amparos que reclaman la inconstitucionalidad de todo el decreto. Se confirmó este jueves.
El magistrado habilitó así el tratamiento de la medida colectiva que inició el Observatorio del Derecho a la Ciudad y en el que se sumaban las distintas demandas contra la disposición presidencial.
Lavié Pico rechazó a su vez el pedido del Gobierno para sacarle el caso de la CGT a la justicia laboral. "Torna procedente la habilitación solicitada, toda vez que la demora impuesta por el receso judicial de enero en la tramitación de estos actuados entraña un riesgo cierto e inminente de la posible frustración de derechos que no podrían encontrar una protección oportuna en el caso de tener que esperar el transcurso de la feria judicial", explicó el juez para habilitar la feria.
La decisión es, en este sentido, ratificar que aquello que se ha resuelto en la Cámara Nacional del Trabajo seguirá en este fuero, por lo que ha desarmado lo que el magistrado tenía en su juzgado de tratar el asunto como un amparo colectivo.
De esta manera, el Gobierno podrá apelar las disposiciones por separado: el que tiene Lavié Pico, que es contra la totalidad del DNU, y el del fuero laboral, con dos medidas cautelares presentadas con finalidad de veto parcial.
La medida de la CGT que tratará el fuero laboral
El miércoles, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo había dictado una cautelar para frenar las reformas laborales que establece el DNU, al responder a un pedido de CGT.
"Díctase una medida cautelar suspendiendo la aplicabilidad de lo dispuesto en el Título IV TRABAJO del Decreto de Necesidad y Urgencia n.° 70/23 hasta tanto recaiga sentencia definitiva sobre la cuestión de fondo ventilada en estos actuados", asegura el fallo firmado por los tres jueces de la Cámara, María Dora González, José Alejandro Sudera y Andrea E. García Vior.
Al conocerse la noticia, la central obrera emitió un comunicado celebrando la decisión. "Esta decisión judicial pone un freno a la reforma laboral regresiva y contraria a los trabajadores y no tendrá vigencia hasta tanto la justicia resuelva el planteo de inconstitucionalidad del Capítulo IV del DNU 70/23, como ha solicitado la Confederación General del Trabajo", afirmaron.