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El Gobierno del presidente Alberto Fernandéz anunció laextensión de la licencia a los trabajadores de la administración pública con hijos menores de 14 años que deban asistir a clases virtualesen escuelas ubicadas dentro de las zonas con la calificación de Alarma Epidemiológica y Sanitaria.
La prórroga de la medida, aprobada inicialmente hasta el 30 de abril, ahora rige hasta el próximo 21 de mayo, según define la Decisión Administrativa 463/2021 publicada hoy en el Boletín Oficial.
Quiénes pueden pedir la licencia
- "Los trabajadores y las trabajadoras que prestan servicios en las jurisdicciones, entidades y organismos de la administración pública nacional que tengan a su cargo menores de 14 años que realicen escolaridad virtual", en carácter de progenitores/as convivientes, tutores/as y/o curadores/as.
- También, a "aquellos que deban asistir a niños, niñas y adolescentes que cuenten con Certificado Único de Discapacidad", en cuyo caso no aplica límite de edad.
- "La licencia podrá ser solicitada en la medida que se encuentre declarado el vínculo con los niños, las niñas y los y las adolescentes en sus legajos personales".
- "La licencia podrá ser otorgada cualquiera sea la forma de vinculación jurídica de prestación de servicios de carácter laboral y/o personal" con la administración pública.
- "La licencia -o su prórroga- se otorgará solo a uno de los progenitores convivientes en caso de que ambos sean empleados públicos.
Finalmente, y con la firma del Jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y el ministro del Interior, Eduardo 'Wado' de Pedro, se "invita a adoptar medidas similares al Poder Judicial, Poder Legistlativo, las provincias, la Ciudad Autónomca de Buenos Aires y a todos los municipios" que estén en situación de Alarma Epidemiológica y Sanitaria.