Javier Milei comenzó su gestión presidencial dispuesto a implementar de cuajo las medidas que harán a su programa económico y de profunda reestructuración del Estado. Cómo paso clave de ello se encuentra el DNU de desregulación de la economía publicado la semana pasada, que se demoró varios días a raíz de un tedioso proceso de revisión de cada una de las normas que fueron derogadas, modificadas o implementadas; a los fines de no ser judicializadas fácilmente.

Son varias las aristas analíticas que surgen a raíz de la publicación de ese Decreto de Necesidad y Urgencia N°70/2023. Lo cierto es que Milei y Federico Sturzenegger, el economista e ideólogo del plan de desregulación, estimaban que el documento sea aún más extenso que las 83 páginas y 366 artículos implementados que salieron finalmente.

Fuentes de altísimo rango en Casa Rosada le habían dicho a El Cronista que el DNU original se estimaba en 300 páginas y el propio Milei reconoció públicamente que hay 380.000 regulaciones -distorsivas, según el Gobierno- que son pasibles de ser derogadas o modificadas en el futuro.

Sin embargo, el equipo judicial de Milei fue el que tuvo predominancia en esa discusión; dado que algunas medidas que se buscaban implementar eran de segura judicialización y podían manchar el documento a nivel general.

Fuente: BloombergErica Canepa

Aun así, los amparos al DNU ya llegaron. Una primera acción iniciada por el economista Claudio Lozano, el Observatorio por el Derecho a la Ciudad, la CTA Autónoma y la Asociación de Trabajadores del Estado (ATE) fue admitido para tratarseen el Juzgado Nacional en lo Contencioso y Administrativo Federal n°2, a cargo de Esteban Furnari, quien admitió tramitar como un amparo colectivo esta demanda de Lozano y otros contra el DNU de Milei.

Lo dispuesto por el magistrado implica que ese juzgado pueda absorber todas las demandas de las personas que se pudieron ver afectadas por el decreto. De manera análoga, el abogado constitucionalista Andrés Gil Domínguez también inició una acción de amparo que recayó el Juzgado Nacional en lo Contencioso y Administrativo Federal n°9, de Pablo Cayssials. Seguramente avance más rápido la primera acción legal, que ya tiene el aval para el tratamiento administrativo dispuesto por el juez Furnari.

Furnari fue objeto de una amplia repercusión mediática dos años atrás a raíz de su decisión para retrotraer la presencialidad de las clases en la Ciudad de Buenos Aires. Cómo dato objetivo, fue designado como juez en 2007, hacia el final de la presidencia de Néstor Kirchner, ocupando la vacante del ahora camarista Sergio Fernández, de quien se hablará más abajo.

Ante una neutralidad de la Bicameral, es justamente el fuero contencioso y administrativo el que será clave para la determinación de la viabilidad de una parte o todo el DNU. Allí es donde se litigará entre los particulares que denunciaron y la propia Autoridad Administrativa (el Estado).

En representación de este último estará Rodolfo Barra, Procurador del Tesoro, a quien Milei debió dedicar un decreto exclusivamente para flexibilizar las condiciones de su nombramiento, dado que, con 75 años de edad, no cumplía con el requisito de tener menos de 70 para ejercer el puesto. Previendo la conflictividad inminente, sus estrategas le aconsejaron nombrarlo a toda costa, dado que Barra es uno de los mayores expertos en derecho administrativo del país.

Como dato no menor, Barra goza de un buen vínculo con el camarista contencioso administrativo Sergio Fernández, una de las figuras más influyentes de ese fuero.

El protagonismo de Barra fue in crescendo en los últimos días. A raíz de la publicación del DNU y la mediatización sobre si los cientos de artículos abordados en el paquete son realmente "necesarios y urgentes", el abogado salió en los medios públicos a justificar al decreto como una medida necesaria en base a las variables económicas y sociales actuales.

Ante este escenario, plantea dos escenarios posibles: "El Congreso puede derogarlo, o modificarlo, con una ley, en menos de 24 horas, o anularlo conforme con el procedimiento de la ley 26.122 [que regula los alcances de los DNU y las atribuciones de la Comisión Bicameral Permanente que evalúa el mismo en el Parlamento], también en 24 o 48 horas".

Si bien Barra desestima las advertencias de que no hay necesidad de urgencia, sí plantea como probable que se generen discusiones sobre la inconstitucionalidad de artículos particulares. "Si alguien se siente agraviado por una norma en particular del decreto, obviamente lo puede cuestionar en la Justicia", dijo, haciendo particular énfasis en las asociaciones gremiales.

En el caso de que no sea rechazado por el Congreso, tanto por omisión de alguna de las dos o una de las dos cámaras, el DNU publicado el jueves pasado comenzará a tener vigencia este viernes. El documento final fue lanzado sin una fecha determinada para su regimiento, por lo que prima lo establecido en el Código Civil y Comercial, que indica que toda ley rige después del octavo día de su publicación oficial.

Fuera del ámbito legislativo, la disputa en el contencioso administrativo estará liderada por el mismo Barra, exministro de Justicia y juez de la Corte Suprema, ambos durante el menemismo, y el subprocurador Marcos Serrano, uno de los mayores especialistas en contratación pública y un profesional extrema confianza de su superior, de quien fue su asistente durante su época en la Auditoría General de la Nación e integró su bufete jurídico. Ambos fueron nombrados por el propio Milei la semana pasada vía Boletín Oficial.

Sin embargo, la estructura de la Dirección Nacional de Asuntos Judiciales, dependiente de la Procuración del Tesoro, continúa intacta desde la gestión de Alberto Fernández. A la cabeza de esta área está María Fernanda Arcuri, su titular desde enero de 2020.