Fuente: Archivo
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Estas modificaciones, vigentes desde junio de 2025, buscan flexibilizar las transacciones y formalizar ahorros. Sin embargo, es clave conocer los nuevos límites para evitar inconvenientes y posibles embargos.
¿Cuáles son los límites que determinó ARCA para operaciones?
- Transferencias o acreditaciones: el límite pasa de $ 2.000.000 a $ 50.000.000 para personas físicas y a $ 30.000.000 para personas jurídicas.
- Pagos: el límite aumenta de $ 1.000.000 a $ 50.000.000 para personas físicas y a $ 30.000.000 para personas jurídicas.
- Extracción de dinero en efectivo: el umbral se eleva a $ 10.000.000 para personas físicas y jurídicas. Antes se informaba desde cualquier monto.
- Saldos bancarios a último día del mes: pasan de los $ 1.000.000 actuales a $ 50.000.000 para personas físicas y $ 30.000.000 para jurídicas
- Plazos fijos: se elevan de $ 1.000.000 a $ 100.000.000 para personas físicas y a $ 30.000.000 para personas jurídicas
- Compras de consumidor final: antes se informaban a partir de $ 250.000 en efectivo y $ 400.000 en otros medios, ahora pasan a $ 10.000.000 en ambos casos
¿Qué sucede si superás el límite y no se puede justificar?
- Presentación e intimaciones: si se supera el tope y hay una incompatibilidad, se deberá presentar Declaración Jurada o realizar el pago correspondiente. De no hacerlo, el organismo podría generar una intimación al domicilio fiscal o real.
- Boleta de deuda o sumario: luego de 15 días para presentaciones o 48 horas en caso de falta de pago, se genera una boleta de deuda o se inicia un sumario.
- Intimación y ejecución: si hay una multa o falta, deberás resolver la situación o pagar. Existen "excepciones" en 5 días hábiles para evitar un juicio judicial, como el pago total de la deuda, la prescripción, la adhesión a un plan de pagos, o argumentar defectos en la Boleta de Deuda.
- Juicio fiscal: si las excepciones no se aplican o no se resuelven, el organismo fiscal puede iniciar un juicio fiscal. Este juicio tiene tres etapas: la demanda, la ejecución de la sentencia y la presentación de los contribuyentes
- Embargo: si el caso llega a juicio y hay un fallo en contra, la Justicia podría embargar las cuentas del procesado. La traba del embargo se debe a un requerimiento de pago iniciado por ARCA en instancia judicial.
¿Cuáles son los errores comunes que pueden generar investigaciones?
- Transferir montos que excedan el nuevo tope permitido sin justificación.
- Exceder el monto máximo sin contar con respaldos de ingresos previamente declarados.
- No poder justificar los fondos en cuentas bancarias o billeteras virtuales; las operaciones siempre deben estar respaldadas, incluso entre cuentas propias.
- No responder a las solicitudes de documentación del banco o billetera virtual, ya que esto puede derivar en un Reporte de Operación Sospechosa (ROS) ante la Unidad de Información Financiera (UIF).
¿Qué documentación podría solicitar ARCA?
- Boletas de compra y venta.
- Documentos que justifiquen la venta de acciones o una empresa.
- Recibos de sueldo o comprobantes de haberes jubilatorios.
- Facturación de los últimos meses.
- Constancia del monotributo.
- Certificado de fondos emitido por un contador público