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La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) está buscando simplificar las formas con las que se cumplen las obligaciones fiscales, facilitando el proceso administrativo para los contribuyentes. Presentar documentación frente a las autoridades pertinentes suele convertirse en algo complejo debido a la carga burocrática en el sistema.

Así, buscando simplificar y hacer al organismo más transparente, las medidas de ARCA podrían modificar la experiencia de los contribuyentes con el sistema impositivo. ¿Cómo será a partir de ahora?

Nuevo régimen de ARCA: qué cambia a partir de ahora

El Régimen Simplificado de Ganancias cambió totalmente con la Resolución General 5704/2025 de ARCA publicada por el Gobierno el pasado viernes en el Boletín Oficial.

El régimen permite que todos los contribuyentes se escriban voluntariamente, pero es obligatorio para las personas que hayan utilizado el plan "dólar colchón". Con este sistema, ARCA calcula el monto a pagar según facturación y gastos deducibles de la persona.

Se puede aceptar este cálculo y abonarlo, o bien presentar la disconformidad y esperar una nueva respuesta del organismo.

Nuevo Régimen Simplificado de Ganancias: ¿cómo se realizará el cálculo?

El cálculo de ARCA se realiza con información de la base de datos de los propios contribuyentes. Una ventaja de este régimen es que no se tendrá que informar el patrimonio.

Quienes se adhieran deberán tener una clave fiscal con nivel de seguridad 3 y comenzó a regir el 1° de junio, abarcando el período fiscal que inició en enero.

¿Quiénes pueden acceder al nuevo régimen?

"Las personas humanas y sucesiones indivisas residentes en el país que sean contribuyentes del Impuesto a las Ganancias y obtengan exclusivamente rentas de fuente argentina podrán optar por la modalidad simplificada. Esta permite la optimización de procesos y facilita el cumplimiento de las obligaciones fiscales, al tiempo que reduce la carga administrativa", explican en la página oficial del gobierno.

Se aclara que "todos podrán utilizar este servicio", pero hay una excepción: "los segmentos 11 o 12 o aquellas Personas Expuestas Políticamente (PEP), como funcionarios públicos o cargos similares, según lo que define la Unidad de Información Financiera".