Evadir impuestos en Colombia ya no es solo una falta administrativa o económica: también puede costar la libertad.
Tras la Reforma Tributaria de 2022 (Ley 2277), y con el aval de la Corte Constitucional en 2024, se consolidó un marco legal más estricto contra la evasión fiscal y la defraudación tributaria.
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) cuenta hoy con herramientas más severas para sancionar a quienes, teniendo la capacidad de pagar, incumplen deliberadamente sus obligaciones tributarias.
El foco está en los grandes patrimonios y en los evasores reincidentes, no en los contribuyentes que se atrasan por dificultades económicas.
Cuáles son los montos que llevan a prisión según la DIAN
La reforma tributaria de 2022, reforzada durante el Gobierno de Gustavo Petro, fortaleció el marco legal para combatir la evasión fiscal. Con esta normativa, la DIAN puede iniciar procesos penales en casos graves, sobre todo cuando el contribuyente oculta bienes o ingresos de alto valor.
La normativa vigente establece que cuando un contribuyente omite activos, los declara por un valor inferior o registra pasivos inexistentes con el fin de evadir impuestos y la cifra alcanza o supera los 1.000 salarios mínimos legales vigentes (SMMLV) -unos 1.300 millones de pesos en 2025-, puede recibir penas de entre 48 y 108 meses de prisión (4 a 9 años).
Las sanciones se agravan si los montos ocultos son aún mayores:
- Más de 2.500 SMMLV (3.250 millones): la pena aumenta en una tercera parte (5 a 12 años).
- Más de 5.000 SMMLV (6.500 millones): la condena se incrementa en la mitad (6 a 13 años y medio).
En cuanto a la defraudación tributaria, cuando se genera un menor valor a pagar o un mayor saldo a favor igual o superior a 100 SMMLV, la pena va de 36 a 60 meses (3 a 5 años).
Si la defraudación es igual o superior a 2.500 SMMLV, la condena aumenta en una tercera parte (4 a 6 años y medio), y si supera los 5.000 SMMLV, la sanción sube en la mitad (4 años y medio a 7 años y medio).
Qué dice la Corte Constitucional sobre las sanciones de la DIAN
El 8 de febrero de 2024, la Corte Constitucional declaró exequible el Título VI de la Reforma Tributaria para la Igualdad y la Justicia Social, avalando así las modificaciones al Código Penal que permiten sancionar con cárcel estos delitos.
Con este fallo, la Corte ratificó que la evasión y la defraudación tributaria son conductas graves que afectan el recaudo del Estado, y que la privación de la libertad es una herramienta legítima para combatirlas. Estas medidas rigen desde el 13 de diciembre de 2022.
¿Se puede evitar la cárcel pagando la deuda con la DIAN?
La ley contempla una salida para quienes incurran en estas conductas hasta dos veces: la pena puede extinguirse si se paga el valor de los impuestos, sanciones e intereses correspondientes.
Sin embargo, si el contribuyente reincide tres o más veces, la cárcel será obligatoria. En estos casos, ponerse al día con la DIAN solo permitirá reducir la condena hasta la mitad, pero no eliminarla.
El objetivo del Gobierno es desincentivar el incumplimiento sistemático de quienes sí tienen capacidad de pago y utilizan mecanismos fraudulentos para eludir sus responsabilidades fiscales.
Gustavo Petro busca cerrar la brecha fiscal y combatir la evasión de grandes contribuyentes
El Gobierno busca mejorar el recaudo y financiar programas sociales prioritarios. Al respecto, el presidente Gustavo Petro enfatizó en que "quienes más tienen deben aportar más".
La estrategia se centra en los grandes contribuyentes que históricamente han utilizado vacíos legales para evadir impuestos, mientras la mayoría de colombianos sí cumple con sus obligaciones.
Para el Ejecutivo, la cárcel es el último recurso, pero también una señal clara de que el Estado no tolerará la evasión de quienes concentran la mayor riqueza.