

Si viaja al exterior debes estar atento a cuánto es el máximo de dólares que podrás llevarte o a ingresar a Colombia. La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) ha establecido los límites de estos movimientos.
Todo ingreso o salida del país con dinero en efectivo por más de 10.000 dólares o su equivalente en otras monedas, debe ser declarado obligatoriamente ante las autoridades aduaneras. Esto corre tanto para personas naturales cómo jurídicas, residentes o extranjeras en Colombia.
Si hay una variación en cuánto a qué formulario se debe utilizar para estas operaciones. Dependiendo de si viaja o mueve dinero, el tipo de documento que deberá completar.
Enviar y recibir dinero: en qué casos se utilizará el formulario 530
Familias, grupos de amigos o personas que realicen un viaje y transporten sumas por encima de 10.000 dólares deberán utilizar el formulario 530. Esto aplica también a un movimiento de esas cantidades en pesos colombianos al cambio del día.

Este formulario lleva el título "Declaración de Equipaje, de Dinero en Efectivo y de Títulos Representativos de Dinero - Viajeros". Puede solicitarse a la aerolínea o a la entidad aduanera en la frontera, aeropuerto o puerto de llegada.
Enviar y recibir dinero: en qué casos se utilizará el formulario 532
Una persona natural o jurídica, residentes o no en Colombia, que envíe o reciba efectivo a través de empresas de transporte de valores autorizadas deberá utilizar el formulario 532. El cambio de formulario se refiere al método de movimiento del dinero.

Este trámite debe hacerse por los servicios informáticos de la DIAN. Luego la persona deberá imprimirlo y entregarlo a la entidad aduanera.













