

Los contratos de trabajo que firman los empleados en Colombia se clasifican de diversas maneras. Entender los tipos de contrato disponibles es crucial para optimizar el desempeño contractual.
Esto permite mejorar la preparación de documentos y asegurar el cumplimiento tanto del colaborador como del empleador. Para conocer cuáles son tus derechos y obligaciones, conoce cuáles son los tipos de contratos existentes en el país.

Contrato temporal: qué cualidades tiene
Se trata de un contrato temporal con una duración máxima de tres años, que puede ser prorrogado indefinidamente si supera un año. Sin embargo, si el plazo inicial es menor a un año, solo se permite prorrogarlo hasta tres veces.
Los colaboradores con este contrato reciben prestaciones sociales, incluyendo prima de servicios y pago de vacaciones, según el tiempo trabajado, y el período de prueba no puede exceder una quinta parte del tiempo acordado.
Este contrato puede renovarse hasta tres veces por períodos iguales o menores al original. Si se renueva, el nuevo plazo no debe ser inferior a un año, explicó el Fondo Nacional de Ahorro (FNA).
Acuerdo con duración inferior a un año
Este contrato tiene una duración de uno a tres años y ofrece beneficios como cesantías, intereses, prima de servicios, pensión, salud y dotación. Los colaboradores pueden usar sus cesantías para acceder al FNA y ahorrar para una vivienda propia.

Se requiere un preaviso de 30 días para la terminación del contrato. Si no se da este aviso, el contrato se renovará automáticamente por el mismo período.
El contrato brinda estabilidad y mayores indemnizaciones al colaborador, aunque puede generar falta de sentido de pertenencia. Para el empleador, permite evaluar a los colaboradores para decidir sobre prórrogas o finalizaciones anticipadas.
El contrato a término indefinido se inicia en una fecha específica y puede ser verbal o escrito. Puede finalizar por decisión de cualquiera de las partes o por acuerdo mutuo. El empleador debe pagar prestaciones sociales, como prima de servicios y vacaciones.
Si el colaborador decide terminar el contrato, debe avisar con 30 días de anticipación. Si el empleador lo finaliza sin causa justa, el colaborador tiene derecho a indemnización. Este tipo de contrato ofrece más ventajas que desventajas: el colaborador accede a programas de la empresa y beneficios, mientras que el empleador gana credibilidad y productividad.
Contrato por obra
El contrato por obra es un acuerdo temporal que finaliza al concluir la labor específica y puede ser verbal o escrito. Ofrece las mismas prestaciones sociales que los contratos fijos, como auxilio de cesantías y prima de servicios. Los colaboradores pueden tener un período de prueba de hasta dos meses y no se requiere preaviso para la terminación. Si se termina sin justa causa, tienen derecho a una indemnización mínima de 15 días. Este contrato no se renueva ni prorroga.
Entre sus ventajas, permite a los colaboradores acceder rápidamente a oportunidades laborales, aunque limita su crecimiento profesional. Para el empleador, facilita la finalización del contrato sin indemnización, pero puede acarrear riesgos legales si no se maneja adecuadamente.
Contrato para aprendizaje
Se establece un contrato de formación cuando una persona realiza prácticas teóricas y prácticas en una entidad autorizada, generalmente entre el empleador, una institución educativa y el estudiante, con una duración máxima de dos años. Este contrato permite la formación profesional necesaria para diversas ocupaciones.
Tipos de contrato temporal, ocasional o accidental
Los participantes reciben un auxilio de sostenimiento mensual, que debe ser al menos del 50% del salario mínimo legal vigente (SMMLV) durante la fase lectiva y del 75% en la fase práctica. Sin embargo, estos pagos no se consideran salario y no generan prestaciones sociales. La ventaja para el colaborador es la formación y la experiencia profesional, mientras que para el empleador, se reducen costos en seguridad social y bonificaciones al contratar jóvenes.
El contrato temporal se celebra para realizar tareas diferentes a las habituales de la empresa y puede ser verbal o escrito, con una duración menor a 30 días. Los trabajadores bajo este tipo de contrato disfrutan de los mismos beneficios que otros contratos, incluyendo primas de servicios, cesantías, intereses de cesantías, pensiones y seguro de salud.
Para el empleador, la ventaja es que puede finalizar el contrato en cualquier momento sin generar garantías laborales, aunque no incluye períodos de prueba. Conocer los tipos de contrato es esencial para asegurar el cumplimiento de las condiciones laborales y proteger los derechos de los colaboradores, además de ayudar al empleador a evitar sanciones.










