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Los usuarios de gas y energía eléctrica en Colombia deben cumplir una serie de condiciones relacionadas con sus instalaciones, conexiones y medidores. La normativa permite que las empresas prestadoras adopten medidas cuando detecten fraudes, manipulaciones o irregularidades que afecten la prestación del servicio.

La Ley 142 de 1994, que regula los servicios públicos domiciliarios, establece expresamente que el fraude en conexiones, acometidas, medidores o líneas constituye una causal de suspensión del servicio. En determinadas circunstancias, la empresa también puede dar por terminado el contrato y proceder al corte.

Esto significa que realizar una conexión clandestina, alterar las condiciones de prestación o manipular fraudulentamente una instalación puede generar consecuencias para el usuario.

¿Cuándo pueden suspender el gas o la electricidad?

El artículo 140 de la Ley 142 establece diferentes situaciones que permiten suspender un servicio público domiciliario. Entre ellas se encuentra expresamente “el fraude a las conexiones, acometidas, medidores o líneas”. También contempla la alteración unilateral por parte del usuario de las condiciones contractuales bajo las cuales se presta el servicio.

De esta manera, una irregularidad detectada en una conexión o medidor puede derivar en la interrupción del suministro conforme al procedimiento y las condiciones aplicables.

La normativa diferencia, además, entre suspensión y corte. La primera implica una interrupción temporal, mientras que el corte puede producirse cuando existe un incumplimiento suficientemente grave para terminar el contrato.

¿Cuándo pueden cortar definitivamente el servicio?

El artículo 141 de la misma ley establece que un incumplimiento reiterado o que afecte gravemente a la empresa o a terceros permite resolver el contrato y proceder al corte del servicio.

Existe además una disposición específica para las conexiones fraudulentas, la empresa prestadora puede efectuar el corte cuando encuentre una acometida fraudulenta.

En el caso particular de la electricidad, la legislación también establece consecuencias adicionales para la obtención del suministro mediante una acometida fraudulenta.

Por eso, las irregularidades no se limitan a una cuestión técnica, dependiendo de la conducta detectada, pueden tener otras consecuencias legales.

Qué ocurre con las revisiones obligatorias de las instalaciones de gas

Para el gas domiciliario existe además un régimen específico de revisión de las instalaciones internas. Los usuarios deben permitir y realizar la Revisión Periódica de la Instalación Interna de Gas, que debe efectuarse mediante organismos de inspección acreditados o bajo las modalidades permitidas por la regulación.

Oficial | El Gobierno revisará medidores de gas y electricidad y suspenderá y cortará el servicio a quienes incumplan la norma
Oficial | El Gobierno revisará medidores de gas y electricidad y suspenderá y cortará el servicio a quienes incumplan la norma Archivo El Cronista

El objetivo es comprobar que la instalación reúna las condiciones necesarias para funcionar de manera segura.

Cuando el organismo acreditado determina que una instalación no puede certificarse porque presenta defectos críticos, el distribuidor debe suspender el suministro.

La suspensión también puede proceder cuando no se cumplen los requisitos de la revisión periódica, no se corrigen los defectos críticos o la instalación carece del correspondiente certificado de conformidad o este no es auténtico.

¿Quién debe pagar las reparaciones?

Si durante la revisión de una instalación interna de gas aparecen defectos críticos, corresponde al usuario asumir los costos necesarios para repararlos y adecuar la instalación.

Una vez solucionada la causa que produjo la suspensión, deberá cumplirse el procedimiento correspondiente para recuperar el suministro. La Ley 142 establece, con carácter general, que cuando la suspensión o el corte sean imputables al usuario, este deberá eliminar la causa y asumir los gastos de reinstalación o reconexión que correspondan.

Medidores y conexiones ilegales: qué establece la ley

Uno de los puntos centrales de la normativa es que no está permitido intervenir fraudulentamente los sistemas utilizados para prestar o medir los servicios públicos.

La Ley 142 menciona específicamente el fraude sobre:

  • Conexiones.
  • Acometidas.
  • Medidores.
  • Líneas.

Por lo tanto, una manipulación fraudulenta destinada, por ejemplo, a obtener el suministro mediante una acometida irregular puede terminar en suspensión o corte, según el supuesto y el procedimiento aplicable.