

La Corte Suprema de Justicia confirmó que en Colombia el orden de los apellidos de los recién nacidos ya no depende automáticamente del padre ni de la voluntad exclusiva de los progenitores cuando hay desacuerdo.
En los casos en los que mamá y papá no logren ponerse de acuerdo, la autoridad competente —el funcionario del Registro Civil o, si hay conflicto jurídico, un juez— será quien defina el orden mediante un mecanismo neutral, en aplicación de la Ley 2129 de 2021, una norma que transformó de fondo la forma en que se construye la identidad legal de los niños y niñas en el país.
El alto tribunal dejó en firme que este nuevo modelo no viola derechos fundamentales y, por el contrario, fortalece la igualdad entre hombres y mujeres al momento de registrar a sus hijos.
¿Qué dice la Corte Suprema sobre el orden de los apellidos de los hijos en Colombia?
La Corte fue clara: ya no existe una regla que imponga que el apellido del padre vaya primero. El sistema colombiano pasó de una lógica patriarcal a un esquema de igualdad jurídica, donde ambos progenitores tienen el mismo peso al definir cómo se llamará su hijo o hija desde el nacimiento.
Según la interpretación del tribunal, la Ley 2129 de 2021 es plenamente constitucional porque garantiza que ni el padre ni la madre tengan una ventaja automática. En adelante, el punto de partida es el acuerdo entre los dos, y solo cuando ese consenso no existe entra a operar la intervención del Estado.

¿En qué casos el juez o el Registro Civil decide el apellido del recién nacido?
La intervención de la autoridad se activa únicamente cuando los padres no logran ponerse de acuerdo sobre el orden de los apellidos al momento de hacer el Registro Civil de Nacimiento. Si hay diálogo y decisión conjunta, esa voluntad se respeta sin problema.
Pero cuando hay bloqueo, discusiones o simplemente ninguno cede, la ley ordena que el conflicto no puede frenar el registro del bebé. En esos casos, el funcionario de la Registraduría, o un juez si el caso llega a instancia judicial, debe definir el orden para proteger el derecho del menor a tener identidad jurídica desde el primer día.
¿Cómo funciona el sorteo que define el orden de los apellidos?
El mecanismo es tan simple como contundente: si no hay acuerdo, se hace un sorteo. No es una decisión subjetiva ni un juicio de valor sobre quién tiene “mejor” apellido, sino un procedimiento aleatorio que evita favoritismos.
El resultado del sorteo queda consignado oficialmente en el acta de nacimiento y, desde ese momento, ese orden de apellidos es el que acompañará a la persona durante toda su vida jurídica en Colombia. No se puede cambiar después por simple inconformidad de los padres.
¿Desde cuándo rige esta nueva regla para los recién nacidos?
La norma está vigente desde la entrada en vigor de la Ley 2129 de 2021 y se aplica en todo el territorio nacional. Eso significa que todos los nacimientos registrados desde entonces deben cumplir con este nuevo modelo de igualdad, acuerdo o sorteo.











