

Viajar al exterior con niños, niñas o adolescentes desde Colombia exige cumplir requisitos migratorios adicionales a los que se aplican a los adultos. Uno de los más importantes es contar con la autorización correspondiente cuando uno o ambos padres no acompañan al menor durante el viaje.
Migración Colombia establece que, en los casos alcanzados por esta obligación, el permiso debe ser otorgado por el padre, la madre o ambos que no viajen con el menor. Si la documentación requerida no está en regla, la autoridad migratoria puede no autorizar la salida del país.
De hecho, durante 2025, Migración Colombia detectó 141 casos de niños, niñas y adolescentes que no pudieron salir del territorio nacional por incumplir los requisitos establecidos. El organismo explicó que estas medidas buscan reforzar la protección de los menores frente a situaciones que puedan vulnerar sus derechos.
¿Qué autorización necesitan los menores para salir de Colombia?
El requisito depende de quién acompañe al menor durante el viaje. Si viaja únicamente con su madre, deberá contar con la autorización del padre que no viaja, si lo hace solamente con su padre, necesitará la correspondiente autorización de la madre.
Cuando el niño, niña o adolescente viaja sin ninguno de sus padres, puede presentarse un permiso en el que ambos autoricen la salida o autorizaciones otorgadas individualmente por cada uno.
Migración Colombia dispone de un formato oficial para realizar este procedimiento. El documento debe incluir información como:
- Identificación del menor.
- País de destino.
- Motivo del viaje.
- Fecha autorizada de salida.
- Fecha prevista de regreso a Colombia.
- Nombre e identificación de la persona que viajará con el menor.

¿Dónde se tramita el permiso de salida de un menor?
Cuando el padre o la madre que debe otorgar la autorización se encuentra en Colombia, el permiso debe estar autenticado ante notario público.
Si quien debe autorizar se encuentra fuera del territorio colombiano, puede realizar el procedimiento ante un consulado de Colombia. Cuando no exista uno cercano, Migración contempla que el permiso pueda suscribirse ante un notario en el extranjero, siempre que esté en español, debidamente apostillado y se presente en original.
Además del permiso, los menores alcanzados por estas disposiciones deben presentar los demás documentos exigidos para su viaje, como pasaporte o documento válido, según corresponda, y copia física o imagen legible del registro civil de nacimiento.
¿Qué ocurre si uno de los padres no quiere autorizar el viaje?
La normativa también contempla situaciones en las que los progenitores no llegan a un acuerdo. En estos casos, el permiso no puede simplemente ser reemplazado por la decisión del padre que desea viajar.
Migración Colombia establece que, cuando existe conflicto entre los padres, se debe presentar una autorización expedida por un juez de familia.
También existen procedimientos especiales cuando se desconoce el paradero de uno de los padres, este no está en condiciones de otorgar el permiso o el menor carece de representante legal. En determinados casos puede intervenir el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF).
Los casos en los que existen excepciones al permiso
La exigencia tampoco es absoluta. Migración Colombia contempla situaciones particulares en las que cambian los documentos necesarios.
Por ejemplo, cuando el padre o madre que no acompaña al menor figura como deudor alimentario moroso inscrito en el REDAM, no se requiere su autorización, aunque deberá presentarse en el puesto de control migratorio el certificado original que acredite dicha inscripción.
También existen reglas particulares para menores residentes en el exterior, casos de fallecimiento de alguno de los progenitores, pérdida de la patria potestad y adopciones.
Por eso, antes de viajar, las familias deben verificar qué documentación corresponde a su situación particular. Si el menor necesita autorización y el permiso no cumple con los requisitos establecidos, Migración Colombia no autorizará su salida del país.









