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Obtener la ciudadaníaestadounidense por herencia es un camino posible para los hijos de ciudadanos de ese país, incluso si nacieron en el extranjero. Este beneficio, también conocido como ciudadanía por derecho de sangre, permite a miles de personas acceder a un estatus legal permanente en Estados Unidos, con los mismos derechos y obligaciones que quienes nacieron allí.

Para avanzar en este trámite durante 2025, el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) exige un documento obligatorio que todo solicitante debe presentar: el formulario N-600.

Esta solicitud, acompañada de otros requisitos clave, es el punto de partida para quienes buscan naturalizarse como ciudadanos estadounidenses por descendencia.

¿Quiénes pueden acceder a la ciudadanía estadounidense por herencia?

La ciudadanía estadounidense por herencia, también conocida como ciudadanía por derecho de sangre, permite que ciertos hijos de ciudadanos americanos accedan a la nacionalidad, incluso si nacieron fuera del territorio. Para que esto ocurra, deben cumplirse los criterios establecidos en la sección 320 de la Ley de Inmigración y Nacionalidad (INA), siempre que el nacimiento haya ocurrido después del 27 de febrero de 2001.

Los requisitos son:

  • Al menos uno de los padres (biológicos o adoptivos) debe ser ciudadano estadounidense, por nacimiento o naturalización.
  • El hijo debe tener menos de 18 años.
  • El menor debe ser residente permanente legal de EE.UU.
  • El niño debe vivir en Estados Unidos bajo la custodia legal y física del padre o madre ciudadano.

Asimismo, en estos casos es obligatorio presentar el Reporte Consular de Nacimiento en el Extranjero, que certifica la ciudadanía del menor.

Ciudadanía por herencia: requisitos para hijos de ciudadanos que viven fuera de EE.UU.

El USCIS también contempla la posibilidad de que los hijos de ciudadanos estadounidenses que viven fuera del país puedan acceder a la ciudadanía, bajo la sección 322 de la INA. Para estos casos, se exige lo siguiente:

  • El solicitante debe ser hijo de un ciudadano estadounidense (por nacimiento o adopción).
  • El padre, madre o abuelo debe haber residido en EE.UU. durante un tiempo determinado.
  • El menor debe tener menos de 18 años.
  • El hijo debe vivir fuera de EE.UU., pero estar bajo la custodia legal de un padre o tutor que aprueba la solicitud.

El solicitante debe cumplir con los requisitos de admisión y estar presente físicamente en el país durante el trámite.

El formulario obligatorio que exige USCIS en todos los casos

Para iniciar el proceso de ciudadanía americana por herencia, todos los solicitantes deben presentar el formulario N-600 (Solicitud de Certificado de Ciudadanía). Este puede ser enviado en línea o por correo, acompañado por los documentos requeridos y el pago de la tarifa correspondiente.

Una vez aprobado, el menor obtiene los mismos derechos y deberes que cualquier ciudadano estadounidense. Esto incluye el derecho a votar, postularse para cargos públicos y trabajar en empleos federales, así como también la obligación de respetar las leyes, defender la Constitución y servir en un jurado si es convocado.