Tender la ropa en la baranda del balcón es una costumbre habitual, pero en California puede costarte una multa. Aunque el estado tiene una ley que protege el “derecho a secar” la ropa al aire libre, esa protección deja expresamente afuera a los balcones.
Qué dice la ley del “derecho a secar”
California cuenta con una ley conocida como “right to dry” (derecho a secar), incorporada en el Código Civil, sección 4750.10, vigente desde 2016. La norma impide que las asociaciones de propietarios (HOA) prohíban de forma irrazonable el uso de tendederos y racks para secar la ropa al aire libre, reconociendo los beneficios ambientales y económicos de secar con sol y viento en lugar de usar secarropas.
En otras palabras, la ley protege el derecho de una persona a colgar su ropa afuera para que se seque, y anula las reglas de las HOA que lo prohíban sin una razón válida.
El Gobierno multará expresamente a todos los vecinos que cuelguen ropa en el balcón
Acá está el punto clave y el que más confusión genera. La propia ley excluye expresamente los balcones de esa protección. El texto aclara que un balcón, una baranda, un toldo u otra parte de la estructura o el edificio no cuentan como tendedero ni como rack de secado.
Esto significa que una persona no puede colgar la ropa sobre la baranda del balcón y ampararse en la ley para justificarlo. La protección del “derecho a secar” aplica únicamente a los patios traseros designados para uso exclusivo del propietario, no a los balcones, ni al patio delantero, ni a las áreas comunes compartidas.
En la práctica, entonces, la HOA o el contrato de alquiler sí pueden prohibir colgar ropa en el balcón, y esa prohibición es válida y aplicable, porque la ley no la anula.