En Estados Unidos existe una regulación clara sobre las cuentas bancarias y bienes de las personas con cuentas en el exterior. Todo contribuyente debe cumplir cada año con un trámite específico para informar sus activos financieros fuera del país cuando superan los montos establecidos por la ley.
No cumplir con esta obligación puede generar sanciones severas que incluyen multas de gran magnitud e incluso embargos. Para evitar estos riesgos, las autoridades establecen un procedimiento formal que debe completarse en los plazos correspondientes.
¿Qué trámite exige Estados Unidos para las cuentas bancarias y bienes en el exterior?
El trámite que Estados Unidos requiere es el Reporte de Cuentas Bancarias y Financieras en el Extranjero (FBAR). Esta declaración es obligatoria para quienes tengan cuentas bancarias o bienes en el exterior cuyo valor agregado supere los USD 10,000 en cualquier momento del año.
Debe presentarse electrónicamente ante la Financial Crimes Enforcement Network (FinCEN) y no forma parte de la declaración de impuestos al IRS.
La obligación alcanza no solo a cuentas corrientes, sino también a fondos de inversión, cuentas de corretaje y otros instrumentos financieros mantenidos en entidades fuera del país. Quienes omitan este trámite se exponen a que Estados Unidos embargue sus bienes y cuentas bancarias.
¿Qué sanciones aplica Estados Unidos si no se cumple con el trámite?
Si no se presenta el FBAR, Estados Unidos puede embargar las cuentas bancarias y bienes de los infractores, además de imponer sanciones económicas que llegan a USD 100,000 o el 50% del saldo omitido por año. En casos graves, el incumplimiento también puede derivar en sanciones penales.
El reporte debe presentarse cada año antes del 15 de abril, con una extensión automática hasta el 15 de octubre. Además, es obligatorio conservar durante cinco años los siguientes registros de cada cuenta:
- Nombre del titular
- Número de cuenta
- Banco y dirección en el exterior
- Tipo de cuenta
- Valor máximo anual registrado