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La pensión del Instituto Mexicano para la Seguridad Social (IMSS) y la del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) son prestaciones que se entregan de manera mensual a los adultos mayores retirados de su actividad laboral luego de haber aportado a lo largo de toda su relación de trabajo. Las mismas están garantizadas por ley.

Al mismo tiempo, los ciudadanos de México tienen derecho a percibir una pensión social universal otorgada por el Gobierno Federal, la cual tiene el objetivo de que las personas retiradas cuenten con una protección mínima de su vejez. Se trata de la Pensión Bienestar para Adultos Mayores.

La Pensión para el Bienestar de Adultos Mayores es un derecho constitucional que se cobra por períodos bimestrales, es decir, seis veces al año, a través del Banco del Bienestar sin intermediarios.

Quiénes podrán recibir doble pensión

El derecho a la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores está garantizado en el Artículo 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. A diferencia de las pensiones del IMSS y del ISSSTE, que son contributivas -es decir, se basan en las cotizaciones del trabajador-, la Pensión del Bienestar es un programa social de carácter no contributivo, que busca garantizar un ingreso mínimo a las personas de la tercera edad, independientemente de si cotizaron o no en un sistema de seguridad social.

En ese sentido, la presidenta Claudia Sheinabaum confirmó que tanto la pensión del IMSS como la del ISSSTE es compatible con los pagos de la Pensión para el Bienestar. Esto quiere decir que quienes cumplan con los requisitos podrán acceder a doble pago de pensiones en los meses correspondientes.

La Pensión para el Bienestar es un apoyo económico bimestral de $6,200 pesos entregado por el Gobierno federal de Sheinbaum a todas las personas mayores de 65 años sin importar su condición económica o si ya reciben otro tipo de pensión.

Cuáles son los requisitos para recibir la Pensión Bienestar

Para recibir la Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores en México, los requisitos son los siguientes:

Requisitos básicos:

  • Tener 65 años de edad o más.
  • Ser ciudadano o ciudadana mexicana por nacimiento o naturalización, con domicilio actual en la República Mexicana.

Documentos necesarios (en original y copia):

  • Identificación oficial vigente: Puede ser la credencial de elector (INE), pasaporte, credencial del INAPAM, cartilla militar, cédula profesional o carta de identidad.
  • Acta de nacimiento: Que sea legible.
  • CURP: Impresión reciente.
  • Comprobante de domicilio: No debe tener una antigüedad mayor a seis meses. Puede ser un recibo de teléfono, luz, gas, agua o predial.
  • Teléfonos de contacto: Un número de celular y un número de casa.

El trámite de registro es gratuito y se realiza en los Módulos de Bienestar que la Secretaría de Bienestar habilita en todo el país. La persona interesada debe acudir en las fechas que se anuncian para cada período de incorporación, generalmente organizadas según la primera letra de su apellido.

Cuáles son los meses de cobro de Pensión Bienestar

La Pensión para el Bienestar se acredita de manera automática en la cuenta personal del Banco del Bienestar. Los pensionados podrán acceder a sus recursos en orden según la inicial del primer apellido a través de la Tarjeta del Bienestar a partir de su fecha de cobro.

En los meses de acreditación coincidirá con el pago de sus correspondientes pensiones contributivas del IMSS y del ISSSTE. Es decir, que los adultos mayores recibirán pago doble estos meses:

  • Enero: bimestre enero-febrero
  • Marzo: bimestre marzo-abril
  • Mayo: bimestre mayo-junio
  • Julio: bimestre julio-agosto
  • Septiembre: bimestre: septiembre-octubre
  • Noviembre: bimestre noviembre-diciembre.