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La inminente implementación de la Clave Única de Registro de Población (CURP) biométrica ha generado interrogantes en la sociedad mexicana, especialmente en lo referente a su uso en trámites de programas sociales.

Una de las dudas más recurrentes es si este nuevo documento será un requisito indispensable para acceder a apoyos económicos como la Pensión Bienestar para Adultos Mayores, que otorga 6,200 pesos bimestrales.

De acuerdo con información del gobierno federal y recientes declaraciones de legisladores, la CURP biométrica será necesaria para solicitar este y otros programas del gobierno.

¿Qué es la CURP Biométrica y cuándo llegará a todo el país?

La CURP biométrica es un documento que, además de la información personal básica como nombre, fecha de nacimiento, género, lugar de nacimiento y nacionalidad, integrará datos tecnológicos avanzados como fotografía, registro de huellas dactilares, firma electrónica y escaneo de iris. Su tramitación será gratuita y podrá realizarse en cualquier registro civil.

Margarita Valdez, presidenta de la Comisión de Gobernación del Senado, ha señalado que la CURP biométrica sustituirá a la credencial de elector como identificación oficial para la mayoría de los trámites. Esto significa que, a partir de su implementación generalizada será el documento clave para solicitar la Pensión Bienestar y cualquier otro apoyo gubernamental.

¿Cuándo se exigirá la CURP biométrica para la Pensión Bienestar?

Si bien la necesidad de contar con la CURP biométrica para la Pensión Bienestar está prevista, se estima que será hasta 2026 cuando este requisito entre en vigor. Las Reglas de Operación actuales del programa no han sido modificadas, por lo que los próximos periodos de incorporación se llevarán a cabo con los documentos tradicionales.

Cuáles son los requisitos para solicitar la Pensión Bienestar

  • Identificación oficial vigente: Credencial para votar, pasaporte, cartilla militar, cédula profesional, credencial del INAPAM o carta de identidad.

  • CURP: Impresión reciente.

  • Acta de nacimiento.

  • Comprobante de domicilio: No mayor a seis meses (recibo de teléfono, luz, gas, agua o predial).