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Los pensionados del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) podría recibir un pago extra en mayo, sólo si cumplen determinadas condiciones.

Este monto estará directamente relacionado con el Reparto de Utilidades, un derecho laboral que se deposita cada año a los trabajadores de México.

Estos son los pensionados del IMSS y el ISSSTE que recibirán el pago de utilidades

El Reparto de Utilidades está establecido en el artículo 123 de la Constitución Mexicana y regulado por la Ley Federal del Trabajo (LFT). Se trata de la obligación de empresas con fines de lucro de distribuir un porcentaje de sus utilidades netas entre los trabajadores.

En específico, este porcentaje es del 10% de las ganancias declaradas ante el Servicio de Administración Tributaria (SAT)

El reparto de utilidades se realiza de forma anual, generalmente entre los meses de mayo y junio, y se calcula con base en dos criterios: el 50% se distribuye en función del salario percibido y el otro 50% según los días laborados durante el año fiscal correspondiente.

En el caso de los pensionados del IMSS o ISSSTE, por lo general no tienen derecho a recibir reparto de utilidades en 2025 si su única fuente de ingresos es la pensión.

No obstante, existe una excepción importante: si el pensionado continúa trabajando en una empresa bajo un contrato laboral formal, sí tiene derecho a recibir reparto de utilidades, siempre y cuando cumpla con los requisitos establecidos en la Ley Federal del Trabajo, como haber laborado por lo menos 60 días durante el año 2024.

En estos casos, el pago del PTU se calcula únicamente con base en el salario recibido por su trabajo activo, sin que la pensión interfiera en este derecho.

Jacob Wackerhausen

¿Qué es el Reparto de Utilidades?

El Reparto de Utilidades, también conocido como Participación de los Trabajadores en las Utilidades (PTU), es un derecho constitucional que tienen los trabajadores en México a recibir una parte de las ganancias que obtiene una empresa o patrón durante un año fiscal.

El monto a repartir corresponde a un 10% de la utilidad neta de la empresa, según su declaración fiscal del año anterior. Este monto se divide en dos partes iguales para su distribución:

  1. La primera mitad se reparte entre todos los trabajadores por igual, considerando el número de días que cada uno trabajó durante el año.
  2. La segunda mitad se distribuye de manera proporcional al salario que cada trabajador percibió durante el mismo periodo.

En general, todos los trabajadores tienen derecho a recibir el reparto de utilidades, con las siguientes excepciones principales:

  • Directores, administradores y gerentes generales de la empresa.
  • Socios o accionistas de la empresa.
  • Trabajadores eventuales que hayan laborado menos de 60 días durante el año correspondiente.
  • Trabajadores por honorarios.

Las fechas límite para el pago de utilidades en 2025 son:

  • Para empresas (personas morales): del 1 de abril al 30 de mayo.
  • Para personas físicas (patrones): del 1 de mayo al 29 de junio.

¿Qué pasa si no recibiste el Reparto de Utilidades?

Tienes un plazo de un año, a partir del día siguiente de la fecha límite de pago, para reclamar el pago de las utilidades que te correspondan. Puedes acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET) para recibir asesoría.

Es importante recordar que el reparto de utilidades es un derecho irrenunciable de los trabajadores, y las empresas están obligadas a cumplir con esta prestación según lo establece la Ley Federal del Trabajo.