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Los pensionados y jubilados del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) deben estar atentos al próximo pago de su apoyo económico, ya que verán reflejado un doble monto extra en su talón de pago. Este ingreso adicional es crucial para la administración de sus recursos.

Aunque los conceptos en el talón de pago pueden ser confusos, es fundamental que los beneficiarios comprendan que este doble monto extra corresponde a prestaciones a las que tienen derecho como afiliados.

Jubilados y pensionados del ISSSTE en México. Fuente: Shutterstock

Según informan las autoridades del programa social, este monto adicional se relaciona con las claves 02 y 03 en el talón de pago, que corresponden al Bono de Despensa y a la Previsión Social Múltiple.

¿Qué bonos reciben los jubilados y pensionados del ISSSTE?

El Bono de Despensa y la Previsión Social Múltiple son prestaciones otorgadas a los beneficiarios del ISSSTE como parte de su compensación económica. La finalidad de este doble monto extra es complementar sus ingresos, permitiéndoles acceder a más bienes y servicios.

Es importante destacar que, además de la pensión principal (clave 01), el ISSSTE abona a los pensionados, sin importar el monto de su pensión, la despensa (clave 02) por 100 pesos mensuales y la previsión social múltiple (clave 03) por 120 pesos mensuales.

¿Cuál es la diferencia entre el Bono de Despensa y la Previsión Social Múltiple?

Los adultos mayores deben saber que el Bono de Despensa está diseñado para cubrir gastos en alimentos y productos básicos, mientras que la Previsión Social Múltiple tiene un uso más general para diversos gastos. Este doble monto extra en la Pensión ISSSTE es un reconocimiento a sus años de servicio y contribuciones al sistema de seguridad social.

¿Cuáles son los requisitos para tramitar la jubilación en el ISSSTE?

A continuación, el listado completo de los requisitos que deben cumplir los adultos mayores a la hora de solicitar la jubilación del ISSSTE.

  • Años de servicio: los hombres necesitan acreditar 30 años de servicio, mientras que las mujeres requieren 28 años.
  • Edad mínima: generalmente se establece en 60 años, aunque en algunos casos, el trámite puede iniciarse desde los 55 años. Es importante mencionar que, gracias a negociaciones recientes entre el gobierno y los sindicatos, la edad de retiro se congeló en 58 años para hombres y 56 para mujeres.
  • Estado laboral: es fundamental que estés dado de baja del servicio público al momento de solicitar tu pensión.

Para conocer los documentos obligatorios que deben ser presentados ante las autoridades, se sugiere ingresar al sitio web oficial del organismo.