

El Vigésimo Cuarto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito confirmó la suspensión provisional otorgada a un ciudadano que promovió un amparo contra las disposiciones que obligan a integrar datos biométricos —como huellas digitales y fotografía— a la Clave Única de Registro de Población (CURP).
Los magistrados declararon infundado el recurso de queja presentado por las autoridades federales, lo que significa que la medida cautelar sigue en pie: por ahora, nadie puede ser forzado a entregar esa información.
¿Qué está en juego? Privacidad, identidad y el control del Estado sobre tus datos
La CURP biométrica forma parte de la llamada Plataforma Única de Identidad, un sistema que busca centralizar información personal de los ciudadanos y que podría vincularse con registros oficiales, incluido el padrón de usuarios de telefonía móvil.
Para los magistrados, obligar a alguien a entregar sus datos biométricos antes de que se resuelva el fondo del amparo implicaría permitir que surtan efectos normas cuya constitucionalidad aún está en disputa.
El tribunal subrayó que la suspensión no afecta el interés social ni el orden público, sino que protege derechos constitucionales relacionados con la privacidad y la protección de datos personales.

La batalla legal apenas comienza: esto no es el fin del debate
La resolución del tribunal no cierra el caso: se trata de una medida cautelar que rige mientras se resuelve el juicio de amparo en el fondo. Esto significa que la discusión sobre la legalidad y constitucionalidad de las normas impugnadas continuará en los tribunales. Lo que sí queda claro es que el Poder Judicial ya envió una señal contundente: la entrega de datos biométricos no puede imponerse sin antes superar el escrutinio constitucional.
Ciudadanos, organismos de derechos digitales y legisladores seguirán de cerca el desenlace de este precedente que podría marcar el rumbo de la identidad digital en México.

El amparo, la herramienta legal que cualquier ciudadano puede usar para defenderse
Aunque el caso fue promovido por un particular, la resolución abre una puerta importante: cualquier ciudadano que considere que sus derechos a la privacidad y a la protección de datos personales están en riesgo puede recurrir a un juicio de amparo para impugnar las disposiciones relacionadas con la CURP biométrica.















