El Servicio de Administración Tributaria (SAT), el cual depende de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), tiene como principal función administrar y supervisar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes.
En este sentido, el organismo tributario emitió una advertencia para los clientes de instituciones bancarias como BBVA, Banamex y Santanderreferido al préstamo de sus tarjetas de crédito a terceros, dado que esto podría generarle serias consecuencias fiscales al titular del plástico.
Este aviso forma parte de los esfuerzos del organismo público por frenar irregularidades fiscales.
De esta manera, la entidad informó que uno de los mayores peligros de prestar tu tarjeta de crédito a terceros, por más que se trate de amigos o familiares, recae en cuando los gastos realizados superan los ingresos declarados.
Esto se debe a que dicha situación puede activar una revisión automática, que implica un escrutinio detallado de todos los movimientos financierosregistrados a nombre del dueño del plástico.
¿Qué pasa si presto mi tarjeta?
Si un titular presta su tarjeta de crédito, todas las compras realizadas quedarán registradas a su nombre, sin importar quién las haya hecho. Esto significa que, incluso si otra persona paga después lo que se gastó, el cargo seguirá asociado al historial financiero del titular de la tarjeta.
Aunque aún no existensanciones directas por prestar una tarjeta de crédito, el SAT alertó que esto puede tener consecuencias serias si los gastos no concuerdan con los ingresos reportados por su dueño oficial.
En caso de detectarse irregularidades, las multaspueden variar entre un 15% al 70% respecto al monto omitido. A esto, se suman recargos por mora y ajustes, lo que eleva el total a pagar.
Cómo es el proceso de revisión por discrepancia fiscal
El organismo público puede abrir un proceso de discrepancia fiscal si detecta que los gastos del contribuyente superan sus ingresos reportados. Este incluye:
Envío de una notificación por inconsistencias.
Solicitud de documentos que justifiquen los gastos.
Revisión de la información entregada.
Confirmación de la discrepancia; si se comprueba, se calculan los impuestos omitidos y se imponen sanciones.