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La Cámara de Diputados aprobó un proyecto para castigar con hasta 25 años de prisión el reclutamiento forzado de personas para incorporarlas a grupos delictivos o a la delincuencia organizada.

El dictamen fue avalado por unanimidad, con 419 votos a favor, y propone modificar la Ley General en materia de trata de personas para incorporar un capítulo específico sobre el reclutamiento forzado.

La propuesta establece distintas penas de acuerdo con las circunstancias en las que se cometa el delito. El proyecto todavía debe continuar su proceso legislativo en el Senado, por lo que las sanciones previstas todavía no constituyen una pena vigente.

Qué establece el proyecto sobre el reclutamiento forzado

El dictamen aprobado incorpora el Capítulo II Bis, denominado “Del Reclutamiento Forzado de Personas”, dentro de la Ley General en materia de trata de personas.

La propuesta contempla una pena de 10 a 20 años de prisión y de 5.000 a 50.000 días multa para quien, mediante engaño o sin él, invite, induzca, incorpore o reclute a una o más personas para formar parte de algún grupo delictivo o de la delincuencia organizada. La conducta puede realizarse por medios impresos, electrónicos o cualquier otro.

La sanción aumenta cuando existen determinadas circunstancias. En esos casos, el proyecto plantea 15 a 25 años de prisión y de 10.000 a 80.000 días multa cuando el reclutamiento se realice mediante intimidación, amenazas, coacción, violencia física o moral o abuso de poder.

El dictamen también establece que todo reclutamiento de niñas, niños o adolescentes será considerado reclutamiento forzado, independientemente del mecanismo utilizado para incorporarlos.

El dictamen de Diputados también establece que todo reclutamiento de niñas, niños o adolescentes será considerado reclutamiento forzado. Fuente: EFE
El dictamen de Diputados también establece que todo reclutamiento de niñas, niños o adolescentes será considerado reclutamiento forzado. Fuente: EFEFuente: Cámara de DiputadosCámara de Diputados

Cuándo podrían aumentar las penas por reclutamiento forzado

El proyecto establece un plazo de 180 días naturales para que los congresos de las entidades federativas armonicen sus legislaciones con las nuevas disposiciones.

El proyecto contempla que las penas puedan incrementarse hasta en una mitad cuando se presenten determinadas circunstancias agravantes.

Entre ellas aparecen:

  • Que el responsable sea o haya sido integrante de corporaciones de seguridad pública o de las Fuerzas Armadas.
  • Que se ostente como servidor público.
  • Que haya trabajado en una empresa de seguridad privada y utilice información confidencial o conocimientos adquiridos durante ese trabajo para cometer el delito.
  • Que la víctima pertenezca a una comunidad indígena o afromexicana o se encuentre en situación de movilidad humana.
  • Que la víctima sufra lesiones, tortura, violencia sexual, privación de la libertad o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Cuando el responsable sea servidor público, el dictamen también contempla su destitución e inhabilitación para ejercer cargos públicos por un periodo de hasta el mismo plazo que la pena de prisión impuesta.

En determinadas circunstancias, las penas también podrán reducirse hasta en una tercera parte cuando los responsables proporcionen información relevante y corroborada, siempre que no sean reincidentes y se garantice la reparación del daño a la víctima.

Engaños, falsas ofertas de empleo y amenazas: así buscan captar víctimas

Durante la discusión legislativa se señaló que el reclutamiento criminal puede producirse mediante engaños, falsas ofertas de empleo, amenazas, coacción y aprovechamiento de la vulnerabilidad de las víctimas.

La diputada de Morena Elena Edith Segura Trejo señaló que la falta de un tipo penal específico no significa que el reclutamiento no exista. Explicó que los casos pueden terminar investigándose bajo otras figuras jurídicas, entre ellas trata de personas, corrupción de menores, secuestro, desaparición o delincuencia organizada.

El propio dictamen contempla que el delito pueda cometerse mediante medios electrónicos, además de medios impresos o cualquier otro.

La reforma busca establecer una figura específica dentro de la legislación en materia de trata de personas para identificar y perseguir el reclutamiento de personas para incorporarlas a grupos delictivos o a la delincuencia organizada.

La Cámara de Diputados aprobó el proyecto el 20 de octubre, con 419 votos a favor, y lo envió al Senado de la República, donde deberá continuar su proceso legislativo antes de que pueda convertirse en una disposición vigente.

Tejiendo Redes Infancia cuestionó la reforma aprobada

La organización Tejiendo Redes Infancia cuestionó la aprobación del dictamen y señaló que la reforma no establece, a su criterio, una política integral de prevención, desvinculación segura y reparación para las víctimas.

La organización también pidió que el Senado revise la propuesta mediante un parlamento abierto, con participación de organizaciones especializadas, familias buscadoras, instituciones académicas y organismos internacionales, además de niñas, niños y adolescentes.

Entre sus planteamientos, pidió el acompañamiento técnico del Comité de los Derechos del Niño de la ONU, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y otros organismos internacionales, así como mecanismos seguros para que niñas, niños y adolescentes puedan participar en el proceso.

Tejiendo Redes Infancia también planteó la necesidad de crear un mecanismo nacional especializado para la identificación y desvinculación segura de las víctimas, con atención, recuperación psicosocial y reparación integral.