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Las autoridades reguladoras y empresas prestadoras mantienen revisiones sobre el uso del espacio radioeléctrico y la infraestructura de telecomunicaciones. Por esta razón, es posible que controlen diferentes instalaciones de antenas ilegales para desactivarlas.

En el marco de las supervisiones permanentes a la infraestructura de telecomunicaciones en el país, han surgido interrogantes sobre el alcance que tienen el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT) y las autoridades judiciales para inspeccionar antenas, desmantelar transmisores no autorizados y desconectar servicios irregulares.

Si bien existen revisiones permanentes, la legislación en México distingue claramente entre el uso indebido del espectro radioeléctrico por parte de operadores no concesionados y la infraestructura comercial de las empresas de cable e internet.

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¿Qué artículos regulan la inspección y el aseguramiento de equipos?

La legislación vigente establece facultades específicas para supervisar el uso del espectro radioeléctrico y actuar contra instalaciones que operen sin autorización.

  • Verificación y vigilancia — artículos 275 a 280: la Comisión Reguladora de Telecomunicaciones puede verificar el cumplimiento de la ley, las concesiones y las autorizaciones. También puede comprobar emisiones radioeléctricas, identificar interferencias perjudiciales y requerir el acceso a domicilios e instalaciones de empresas o personas vinculadas con una concesión, autorización o registro.
  • Aseguramiento e inmovilización — artículo 289: cuando una persona presta servicios de telecomunicaciones o radiodifusión sin concesión o autorización, los bienes, instalaciones y equipos utilizados pueden ser asegurados o inmovilizados durante la visita de inspección. La norma también contempla que esos bienes puedan perderse en favor de la Nación.
  • Daños a vías generales de comunicación — artículo 290: sanciona a quien dañe, perjudique o destruya vías generales de comunicación o bienes utilizados para una concesión, cuando interrumpa total o parcialmente el servicio. La pena prevista es de uno a ocho años de prisión y una multa de 7.000 a 36.000 Unidades de Medida y Actualización. Si se utilizan explosivos o materiales incendiarios, la pena aumenta.
  • Responsabilidades adicionales — artículo 291: establece que las sanciones administrativas se aplican sin perjuicio de las responsabilidades civiles o penales que pudieran corresponder. Este artículo no regula por sí mismo un decomiso general de antenas.

¿Qué delitos pueden aplicarse a los equipos de telecomunicaciones?

El Código Penal Federal no establece que toda antena instalada sin autorización constituya automáticamente un delito. La respuesta depende del tipo de equipo, la conducta realizada y el daño ocasionado.

  • Descifrado o distribución ilegal de señales — artículo 168 Bis: sanciona, entre otras conductas, descifrar señales de telecomunicaciones sin derecho, transmitir aparatos que permitan decodificarlas o distribuir señales satelitales codificadas sin autorización.
  • Equipos bloqueadores — artículo 168 Ter: sanciona la fabricación, comercialización, instalación, posesión o uso de equipos destinados a bloquear, cancelar o anular señales de telefonía celular, radiocomunicación o transmisión de datos e imágenes, salvo las excepciones previstas legalmente.
  • Artículo 150: no debe citarse en este contexto, porque regula el delito de evasión de presos y no la instalación de antenas o transmisores.

En consecuencia, el antiguo punteo debe reemplazarse por estas referencias. Además, el artículo 303 no existe en la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión vigente, cuyo régimen de sanciones llega hasta el artículo 299.

Monitoreo técnico y “enganches” en la vía pública

De acuerdo con el Reglamento del Instituto Federal de Telecomunicaciones en Materia de Vigilancia, el organismo utiliza unidades móviles de monitoreo para medir la potencia y frecuencia de las emisiones radioeléctricas. Si se detecta un transmisor emitiendo sin permiso, se procede al levantamiento del acta y al aseguramiento del equipo.

Confirmado | Revisarán antena por antena y darán de baja el cable e internet de todas las personas que usen conexiones ilegalesShutterstock

Por su parte, en los servicios residenciales de televisión por cable e internet, las cuadrillas de las empresas prestadoras realizan auditorías exclusivamente sobre cajas distribuidoras, postes y cableado en la vía pública. En caso de detectar “enganches” o derivaciones clandestinas en la red exterior, las empresas proceden al corte inmediato del suministro.

¿Cuándo pueden revisar una antena o un equipo dentro de una vivienda?

Las empresas privadas no tienen facultades para ingresar por la fuerza a una vivienda ni para realizar un cateo. Cualquier revisión dentro del domicilio requiere el consentimiento de la persona ocupante o una autorización legal válida. Las empresas pueden inspeccionar puntos de conexión, cableado o equipos externos conforme al contrato y a la normativa aplicable, y también suspender el servicio cuando exista una causa contractual o una conexión irregular.

Cuando exista una investigación penal por la posible instalación u operación de equipos ilegales, el ingreso al domicilio deberá realizarse mediante una orden de cateo emitida por la autoridad judicial competente, salvo las excepciones previstas por la ley, como el consentimiento válido o un caso de flagrancia. La orden de cateo no necesariamente debe ser comunicada con anticipación al ocupante.

Las revisiones técnicas ordinarias de la autoridad se concentran en las emisiones radioeléctricas, las interferencias y las instalaciones vinculadas con servicios de telecomunicaciones. No existe una autorización general para ingresar casa por casa y desconectar antenas receptoras, módems o servicios contratados legalmente.