La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió y exigió el retiro inmediato de varios medicamentos con cannabis tras detectar graves irregularidades en su fabricación y comercialización.
La medida, oficializada mediante las disposiciones 5034/2025 y 5035/2025, indica que se trata de productos sin autorización, de los cuales se desconoce su real composición, las condiciones en las que se elaboró y la calidad de las materias primas que se usaron para su fabricación.
¿Cuáles son los medicamentos prohibidos por ANMAT?
La ANMAT ordenó la prohibición de la elaboración, distribución y comercialización de los siguientes medicamentos:
- "CANNATURAL ACEITE CBD SUPLEMENTO NUTRICIONAL, VIA ORAL" de las firmas Cannatural y Cannatural Argentina.
- "CANNAVID ACEITE CBD SUPLEMENTO NUTRICIONAL, VIA ORAL" de las firmas Cannatural y Cannatural Argentina.
- "CANNATURAL CREMA ANALGÉSICA. USO EXTERNO" de las firmas Cannatural y Cannatural Argentina.
- "ACEITE DE CANNABIS SUPLEMENTO NUTRICIONAL. BIONNATURAL" de las firmas Cannatural y Cannatural Argentina.
- "ACEITE CBD SUPLEMENTO NUTRICIONAL DECORBOXYLATED, 10 ml 5% CBD, MEDICAMENTO DE VENTA LIBRE, VIA SUBLINGUAL, FABRICADO POR LABORATORIOS ECONATURAL S.A, HECHO EN CHILE" de ECONatural Laboratorios.
¿Qué irregularidades se encontraron?
Ante una denuncia presentada por el Colegio de Farmacéuticos de la provincia de Buenos Aires, referida al sitio web de la marca Cannatural Argentina, la ANMAT realizó una verificación y constató que la firma no exhibía en su página las habilitaciones sanitarias correspondientes ni las autorizaciones de los productos que comercializaba.
Asimismo, las imágenes publicadas de los productos incumplían con los requisitos mínimos de rotulado exigidos para los medicamentos. "El producto pretendía disimular que se trataba de un medicamento, refiriendo en su rótulo ser un ‘suplemento nutricional' pero afirmando ser efectivo para el tratamiento de varias patologías", detalla la Disposición.
Ante una consulta a la Dirección de Gestión de la Información Técnica, se determinó que se trataba de un producto sin autorización de producto vegetal a base de cannabis y sus derivados, ni registro de inscripción en el Registro de Especialidades Medicinales (REM) de la ANMAT.
Por otra parte, durante una inspección realizada en una sede de la farmacia Homeopática de Flores de Alrone S.A., se detectaron cuatro unidades del producto "ECONatural Laboratorios, ACEITE CBD SUPLEMENTO NUTRICIONAL DECARBOXYLATED", las cuales presentaban diversas irregularidades.
La Dirección de Gestión de la Información Técnica corroboró que se trataba de un producto sin datos del importador en la República Argentina, sin autorización como producto vegetal a base de cannabis y sus derivados, sin registro en el REM de la ANMAT, y sin habilitación correspondiente del establecimiento "Laboratorios ECONATURAL S.A.".
"Se desconoce su real composición, las condiciones en las que se elaboró, la calidad de las materias primas que se usaron para su fabricación y en definitiva su origen, situación que representa riesgo para la salud de los potenciales pacientes, que por desconocimiento podrían caer en el supuesto de que se trata de un producto seguro", concluye la Disposición.
¿Qué medidas tomó ANMAT?
Con el objetivo de proteger la salud pública, ANMAT resolvió:
- Prohibir el uso, la distribución y la comercialización en todo el territorio nacional de los medicamentos mencionados.
- Prohibir a las firmas "Cannatural" y/o "Cannatural Argentina" importar, fabricar, comercializar y distribuir productos que contengan aceite de cannabis, CBD y CBD Y THC, hasta tanto cuenten con las habilitaciones sanitarias necesarias.
- Informar la medida a las autoridades sanitarias provinciales, al Gobierno de la Ciudad y a quienes corresponda.