Las facturas con la vieja tarifa (la vuelta atrás del aumento) de luz todavía no llegaron a muchos hogares, pero mientras tanto los usuarios tienen un alivio: aunque no paguen, no se les podrá cortar el servicio. Así lo dispuso ayer la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal, ratificando el fallo de primera instancia de la jueza Cecilia Gilardi de Negre. Además, el tribunal de segunda instancia confirmó que los usuarios que hayan recibido facturas con aumento deberán realizar un “pago a cuenta con la base del régimen tarifario anterior, hasta que se resuelva la cuestión de fondo planteada en la justicia: si las normas que fijaron el aumento son constitucionales.

El fallo abarca a las concesionarios Edenor, Edesur y Edelap, que prestan el servicio en Capital Federal, Gran Buenos Aires, La Plata y alrededores. En su fallo, los camaristas Pablo Gallegos Frediani y Jorge Federico Alemany consideraron que el corte de luz conforma “una privación absoluta de la prestación de uno de los servicios públicos escenciales, sin el cual los usuarios afectados quedarían sumidos en un situación de verdadera menesterosidad social .

Desde el Ministerio de Planificación anticiparon que van a apelar el fallo de cámara, aunque consideraron que “en los hechos, esta decisión judicial no cambia nada . Según la misma fuente de la cartera que conduce Julio de Vido, “más del 90% de los alcanzados por los aumentos pagaron, tanto en luz como en gas. Y esto ocurrió a pesar de los distintos amparos judiciales contra los nuevos esquemas tarifarios. La rebelión no fue de los usuarios y masiva, sino mediática .