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El juez de la Audiencia Nacional José Luis Calama ha archivado la investigación por el apagón eléctrico del 28 de abril de 2025. La resolución concluye que no existe “un mínimo indicio” de que se tratase de un “sabotaje terrorista”.

El apagón afectó durante horas a millones de ciudadanos en la España peninsular y Portugal. Un día después del suceso, el magistrado abrió diligencias para analizar si podía tratarse de un caso de ciberterrorismo.

Tras meses de investigación y el análisis de todos los informes técnicos solicitados, el juez descartó “de forma absoluta la existencia de indicios que permitan inferir que el origen de los hechos investigados se encuentre en una acción de terrorismo informático”.

Para averiguar las razones del apagón, la ministra de Medio Ambiente de Portugal detalló que mantiene reuniones "habituales" con la vicepresidenta tercera de España. (Imagen: archivo)

Por qué el juez descarta un ciberataque en el apagón eléctrico

En su auto, el magistrado repasa los informes elaborados por distintos organismos especializados. El Centro Criptológico Nacional no identificó “acciones cibernéticas dañinas” ni vio “indicios que apunten a un ciberataque de un grupo de cibercrimen, actores estado o grupos terroristas”.

Una conclusión similar alcanzó el Mando Conjunto del Ciberespacio, que visitó cinco centros de control de estaciones de generación. Tras su análisis, no observó ningún ciberataque contra las infraestructuras eléctricas.

El Instituto Nacional de Ciberseguridad remitió ocho informes a la Audiencia Nacional. Todos coincidieron en la “no detección de ningún tipo de acción potencialmente dañina de carácter cibernético” en los centros auditados.

Qué dicen los informes oficiales sobre el origen del apagón

La resolución también recoge las actuaciones de la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad, que realizó doce visitas a centros de control. En ninguno de los casos se obtuvieron indicios de un ciberataque.

Además, la Comisaría General de Información analizó 8028 grabaciones y 1296 correos de Red Eléctrica. En ningún audio o mensaje se aludió a una intrusión o ataque a los sistemas.

El juez incorpora el informe del comité creado por el Gobierno, que apuntó a un origen multifactorial. Según ese documento, “faltaron recursos de control de tensión”, no por escasez, sino por problemas de programación y respuesta de las centrales.

El apagón en España afectó a distintos organismos y servicios. (Fuente: archivo)Victoria Kotlyarchuk

Un conflicto fuera de la vía penal

El auto judicial señala que los hechos podrían encajar en un conflicto de naturaleza administrativa o civil. Estaría relacionado con los distintos operadores del sistema eléctrico.

Sin embargo, ante la ausencia de indicios delictivos, el magistrado considera que el caso debe quedar fuera de la vía penal. Subraya que existen “otros mecanismos de solución” previstos por la normativa.

De este modo, la Audiencia Nacional cierra definitivamente la causa penal del apagón. La resolución pone fin a la hipótesis de un sabotaje terrorista y centra el foco en la gestión técnica del sistema eléctrico.