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Muchas mujeres en España han dedicado décadas al cuidado de la familia y del hogar sin recibir un salario ni cotizar a la Seguridad Social. Al llegar a cierta edad, esa situación se traduce en un problema concreto: no tienen derecho a una pensión contributiva.

Lo que no siempre se conoce es que el sistema contempla un subsidio específico que puede cubrir parte de esa falta de ingresos, y que una sentencia judicial reciente amplió el acceso a este subsidio para un colectivo que hasta ahora quedaba excluido.

El subsidio por desempleo para mayores de 52 años, gestionado por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), es una ayuda asistencial dirigida a personas que han agotado la prestación contributiva, tienen dificultades para encontrar trabajo y cumplen los requisitos de cotización. En 2026, su cuantía equivale al 80% del IPREM, lo que representa 480 euros mensuales. Además, cotiza para la jubilación por el 125% de la base mínima vigente, lo que puede mejorar la pensión futura de quien lo percibe.

Qué amas de casa pueden cobrar el subsidio del SEPE en 2026

Para acceder al subsidio para mayores de 52 años en 2026 es necesario cumplir varios requisitos simultáneamente. Tener 52 años o más, estar inscrito como demandante de empleo, haber agotado una prestación contributiva por desempleo y comprometerse a buscar empleo activamente.

En materia de cotización, la norma exige haber cotizado al menos 15 años a la Seguridad Social y al menos 6 años por la contingencia de desempleo. Los ingresos del solicitante no pueden superar el 75% del Salario Mínimo Interprofesional, límite que en 2026 queda fijado en 915,75 euros mensuales. Hay que presentar una declaración de rentas cada 12 meses ante el SEPE para mantener el cobro.

El requisito de los seis años de cotización por desempleo es precisamente el que dejaba fuera a muchas empleadas del hogar y amas de casa. Hasta octubre de 2022, las trabajadoras del servicio doméstico no tenían posibilidad legal de cotizar por esta contingencia. El Real Decreto-ley 16/2022 corrigió esa exclusión, pero no resolvió la situación de quienes ya llevaban años trabajando sin poder cotizar por desempleo. Esa laguna generó una situación de desprotección que llegó a los tribunales.

Una sentencia del TSJ de Navarra ordenó computar como cotizados los años trabajados antes de 2022, cuando la ley impedía a las empleadas del hogar cotizar por desempleo.Shutterstock

¿Pueden las empleadas del hogar acceder al subsidio aunque no hayan cotizado los seis años exigidos?

La respuesta es sí, según la jurisprudencia actual. El Tribunal Superior de Justicia de Navarra dictó una sentencia en la que reconoció el derecho de una empleada doméstica a percibir el subsidio para mayores de 52 años pese a no haber acumulado los seis años de cotización por desempleo que exige la norma.

La demandante había cotizado 1.762 días cuando el mínimo exigido era de 2.160. El tribunal ordenó computar como cotizados los periodos anteriores a la entrada en vigor del RDL 16/2022 en los que la trabajadora estuvo dada de alta en el Régimen Especial de Empleados de Hogar.

El argumento del tribunal fue directo: la exclusión histórica de las empleadas del hogar de la cotización por desempleo había sido declarada contraria al derecho comunitario por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea en febrero de 2022.

Exigirles los mismos años de cotización que al resto de trabajadores suponía mantener una discriminación indirecta por razón de sexo, dado que el sector está integrado mayoritariamente por mujeres. La sentencia abrió la puerta a que otras trabajadoras en situación similar puedan reclamar el subsidio.

El origen del problema: la exclusión histórica del empleo doméstico

Durante décadas, las trabajadoras del hogar estuvieron excluidas por ley de la cotización por desempleo. Esa exclusión fue la que el TJUE declaró contraria al derecho comunitario en su sentencia de 24 de febrero de 2022.

A raíz de ese fallo, España publicó el Real Decreto-ley 16/2022, que estableció la cotización obligatoria por desempleo para el Sistema Especial de Empleados de Hogar a partir del 1 de octubre de 2022. Sin embargo, la norma solo resolvió el problema para quienes comenzaran a cotizar desde esa fecha, dejando sin protección a quienes ya llevaban años en el sector.

Según datos de la Encuesta de Población Activa, en 2025 había aproximadamente 2,4 millones de personas dedicadas a labores del hogar en España, frente a los cinco millones de 2002. Muchas de ellas llegan a la edad de jubilación sin haber acumulado los periodos de cotización necesarios para acceder a una pensión contributiva.

La sentencia del TSJ de Navarra, confirmada por el Poder Judicial, estableció que los tribunales deben aplicar directamente el derecho europeo y computar esos periodos previos como cotizados, sin esperar a que el legislador modifique la norma.