

El fallecimiento de un cónyuge o pareja de hecho supone un golpe emocional y muchas veces, también uno económico para la persona superviviente. Para mitigar este impacto, el sistema de Seguridad Social ofrece la pensión de viudedad, un beneficio destinado a garantizar estabilidad financiera a quienes cumplen los requisitos establecidos.
En 2025, esta prestación ha experimentado un aumento debido a la revalorización de las pensionescontributivas, lo que implica una mejora en los montos a percibir. Sin embargo, acceder a esta ayuda no es automático, ya que es necesario cumplir con ciertas condiciones vinculadas a la cotización del fallecido y la situación legal del beneficiario.

¿Qué pasa si el fallecido no estaba casado pero si en pareja?
Aunque socialmente una pareja de hecho puede ser equiparada a un matrimonio, en el ámbito legal no goza de los mismos derechos. La regulación varía según la Comunidad Autónoma de residencia, lo que puede representar tanto una ventaja como una desventaja para la pareja superviviente.
Si no existe un reconocimiento formal de la unión, la única forma de garantizar que la pareja del fallecido reciba parte de la herencia es mediante un testamento. En ausencia de este documento, prevalece el orden sucesorio establecido en el Código Civil.
Para acceder a una pensión de viudedad, es necesario que el fallecido haya cotizado al menos 500 días dentro de los cinco años previos al deceso. Además, la Ley General de la Seguridad Social permite compatibilizar esta pensión con otros ingresos laborales y con la pensión de jubilación a la que el beneficiario tenga derecho.
¿Cuáles son los requisitos para cobrar la pensión de viudedad?
Para acceder a la pensión de viudedad, es necesario que el fallecido haya cotizado al menos 500 días dentro de los cinco años anteriores al fallecimiento. Además, se establecen diferentes condiciones según el tipo de vínculo:
Matrimonios
Si el fallecimiento se debe a una enfermedad común previa al matrimonio, el cónyuge superviviente debe acreditar que hubo hijos en común o que el matrimonio tuvo una duración mínima de un año.
Si no se cumplen estos requisitos, también es válido demostrar una convivencia de al menos dos años antes del fallecimiento.
Parejas de hecho
Se debe acreditar el registro oficial de la pareja al menos dos años antes del fallecimiento.
Además, es necesario demostrar una convivencia mínima de cinco años o la existencia de hijos en común.
¿Cuánto se cobra por la pensión de viudedad en 2025?
El importe de la pensión de viudedad se calcula en función de la base reguladora del fallecido. Los porcentajes aplicables en 2025 son:
- 52% de la base reguladora: porcentaje general.
- 60%: para personas de 65 años o más que no tengan otras fuentes de ingresos.
- 70%: si el beneficiario tiene cargas familiares, la pensión es su principal ingreso y cumple los requisitos de carencia de rentas.

¿Cómo solicitar la pensión de viudedad?
Para tramitar la pensión de viudedad en 2025, se debe presentar una solicitud ante la Seguridad Social. Este proceso puede realizarse de manera presencial en los Centros de Atención e Información de la Seguridad Social (CAISS) o a través de la sede electrónica.
Documentación necesaria
- DNI del solicitante y del fallecido.
- Certificado de matrimonio o registro de pareja de hecho.
- Certificado de defunción.
- Informe de vida laboral y cotizaciones del fallecido.
- Declaración de ingresos del beneficiario.












