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El debate sobre los derechos de los inquilinos y propietarios en España ha vuelto a cobrar fuerza tras la confirmación de un aspecto clave de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU): un casero no puede recuperar la vivienda antes de que finalice el contrato salvo en los supuestos previstos por la ley y, en particular, cuando una causa de necesidad haya sido pactada de forma expresa y por escrito en el propio contrato.

La LAU establece que cualquier recuperación anticipada de la vivienda debe estar justificada y recogida contractualmente, lo que busca reforzar la seguridad jurídica del inquilino y reducir los conflictos relacionados con desalojos o reclamaciones sin fundamento. Esta exigencia garantiza que ambas partes conozcan desde el inicio las condiciones bajo las cuales podría adelantarse el fin del arrendamiento.

Además de esta limitación para los caseros, la normativa también define con claridad los derechos de privacidad del inquilino, lo que impediría que el propietario acceda a la vivienda sin consentimiento expreso. En caso de incumplimiento, se establecen responsabilidades legales y sanciones que refuerzan la protección del arrendatario.

Palo a los propietarios: no podrán recuperar la vivienda alquilada si no incluyen esta cláusula en el contrato. Fuente: Archivo

Ley de Propiedad Horizontal y recuperación de la vivienda

La normativa es clara: el arrendador no puede exigir la devolución del inmueble antes de que concluya la duración pactada si no se ha previsto por escrito en el contrato alguna de las causas permitidas por la LAU para la recuperación anticipada, como la necesidad del propietario o de determinados familiares directos, y siempre cumpliendo con los requisitos temporales y de preaviso establecidos por la ley.

Aunque los artículos 7 y 9 de la Ley de Propiedad Horizontal regulan únicamente las obligaciones y limitaciones de los propietarios dentro de una comunidad, el marco general que establecen sobre el respeto a la propiedad y a los derechos de terceros se complementa, en materia de alquiler, con las disposiciones de la LAU.

Es esta última la que determina de forma efectiva cuándo puede un propietario recuperar una vivienda arrendada y qué límites no puede sobrepasar durante la vigencia del contrato.

“Son obligaciones de cada propietario: (...) Respetar las instalaciones generales de la comunidad y demás elementos comunes, ya sean de uso general o privativo, estén o no incluidos en su piso o local, haciendo un uso adecuado de los mismos y evitando en todo momento que se causen daños o desperfectos.” detalla en el BOE la Ley de Propiedad Horizontal art. 9.

Aunque hacen referencia principalmente a los derechos y limitaciones de los propietarios dentro de una comunidad, sienta las bases de lo que legalmente se entiende por respeto a la propiedad y a los derechos individuales, trasladado también al ámbito del alquiler mediante la Ley de Arrendamientos Urbanos.

Derechos de privacidad del inquilino: qué incluyen

La ley protege de manera especial la intimidad del arrendatario. El propietario no puede acceder a la vivienda sin autorización, incluso aunque se trate de su propiedad. El Tribunal Supremo ha reiterado en varias ocasiones que el domicilio arrendado goza de la misma protección constitucional que cualquier vivienda habitual.

El inquilino tiene derecho a disfrutar de la vivienda con plena tranquilidad mientras dure el contrato. Cualquier intento del casero de entrar sin permiso se considera una violación de la privacidad y puede tener consecuencias legales graves.

Con estas medidas, el Gobierno busca dar mayor estabilidad al mercado del alquiler, garantizar un entorno más transparente, donde las condiciones estén claramente definidas desde el inicio y donde la privacidad de los arrendatarios quede plenamente protegida.

Qué hacer si el propietario insiste en recuperar la vivienda

Si un casero intenta recuperar la vivienda sin que esa cláusula figure en el contrato, el inquilino puede acudir a la vía judicial para reclamar sus derechos. Además, los expertos en derecho inmobiliario recomiendan siempre:

  • Revisar detalladamente el contrato de arrendamiento antes de firmarlo.
  • Exigir que cualquier condición sobre la recuperación de la vivienda quede reflejada por escrito.
  • Denunciar cualquier intento de acceso no autorizado a las autoridades competentes.
Palo a los propietarios: no podrán recuperar la vivienda alquilada si no incluyen esta cláusula en el contrato. Fuente: Archivo